Bono social eléctrico con el 40% de descuento en la factura de la luz: cómo saber si puedo pedirlo
El bono social implica descuentos del 40%, el 65% o el 80% sobre todos los elementos de la tarifa semirregulada PVPC
En función del nivel de renta se dará la categoría a los consumidores de "vulnerable" o "vulnerable severo"
Así es la nueva factura de la luz que llega en enero
Una de las medidas más llamativas del paquete de ayudas energéticas aprobado esta semana por el Gobierno es el aumento del número de consumidores con derecho a pedir el bono social eléctrico. Concretamente, se ofrecerá un nuevo descuento del 40% en la factura de la luz que, según los cálculos del Ejecutivo, beneficiará a 1,5 millones de hogares. Te contamos los requisitos que debes reunir para beneficiarte.
MÁS
Cómo acogerse a este descuento
A este nuevo descuento se podrán acoger todos los hogares cuya renta se sitúe entre 1,5 y dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas, con los multiplicadores aplicados al bono social convencional. Es decir, entre 12.159,42 y 16.212,56 euros anuales.
En función del nivel de renta se dará la categoría a los consumidores de vulnerable o vulnerable severo si el consumidor o la unidad de consumidores tienen una renta anual igual o inferior al 50% de esos umbrales. También serán vulnerables severos quienes perciben el ingreso mínimo vital.
Igualmente están sujetos a mayores descuentos las familias numerosas, pensionistas u otras circunstancias especiales contempladas por la administración, entre ellas, discapacidad, víctimas de violencia de género o víctimas del terrorismo.
Cómo solicitar el bono social
El bono social se solicitará a las propias compañías, las que ofrezcan la tarifa semirregulada PVPC, de forma presencial en sus oficinas o por teléfono, correo electrónico, de forma online o por correo postal. Se deberá rellenar el formulario de solicitud y presentar documentación en caso de que sea necesario. El plazo para que las comercializadoras eléctricas lo activen es de diez días desde que reciban toda la documentación o denegarlo si no se ha acreditado el cumplimiento de los requisitos.
Cómo se aplica el descuento
El descuento se aplicará sobre la tarifa de último recurso que corresponda. Los consumidores vulnerables son beneficiarios de un descuento del 25% en el precio de la electricidad según el PVPC. En el caso de los consumidores vulnerables severos, del 40%.
De forma excepcional y como consecuencia del aumento de precios, los descuentos aumentarán hasta el 65% en el caso del consumidor vulnerable, y del 80% en el caso del consumidor vulnerable severo hasta el 31 de diciembre de 2022. Se prevé que estos descuentos se apliquen hasta finales del año 2023.
Bono social eléctrico del 40%
Las condiciones para acceder a este bono, según ha recopilado FACUA-Consumidores en Acción y recoge 'La información', son las siguientes:
- Si vives solo y tu renta anual no supera los 16.212,56 euros (2 veces el IPREM de 14 pagas) y está por encima de los 12.159,42 euros (1,5 veces el IPREM de 14 pagas). Si está por debajo, tienes derecho a otro bono social con más descuentos.
- Si no vives solo, el límite de ingresos de la unidad de convivencia aumentará en 2.431,88 euros (0,3 veces el IPREM de 14 pagas) por cada miembro adicional al titular del contrato que sea mayor de edad y en 4.053,14 euros (0,5 IPREM) por cada miembro menor de edad.
- Además, el límite de ingresos aumentará en otros 4.053,14 euros (0,5 IPREM) si algún miembro de la unidad familiar tiene discapacidad reconocida igual o superior al 33%, acredita la situación de violencia de género o víctima de terrorismo.
Bono social con descuentos del 65%
Las condiciones de acceso del bono social eléctrico del 65% para vulnerables severos están reguladas por la disposición final vigésima tercera del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo.
- Si algún miembro de la unidad de convivencia percibe el Ingreso Mínimo Vital.
- Si todos los miembros de la unidad de convivencia con ingresos son pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
- Si vives solo y tu renta anual no supera los 12.159,42 euros (1,5 IPREM).
- Si no vives solo, el límite de ingresos de la unidad de convivencia aumentará en 2.431,88 euros (0,3 veces el IPREM de 14 pagas) por cada miembro adicional al titular del contrato que sea mayor de edad y en 4.053,14 euros (0,5 IPREM) por cada miembro menor de edad.
- Además, el límite de ingresos aumentará en otros 8.106,28 euros (1 IPREM) si alguno de los miembros de la unidad de convivencia tiene discapacidad reconocida igual o superior al 33%, es víctima de violencia de género o terrorismo, está en situación de dependencia reconocida de grado II o III, o la unidad de convivencia está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor.
Bono social con descuentos del 80%
Las condiciones para acceder a este bono están reguladas por la disposición final vigésima tercera del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, para vulnerables severos:
- Si el titular del contrato tiene el título de familia numerosa y la renta anual de la unidad de convivencia no supera los 16.212,56 euros (2 IPREM).
- Si la renta anual de la unidad de convivencia no supera los 8.106,28 (1 IPREM) y todos los miembros con ingresos son pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad permanente, percibiendo la cuantía mínima vigente en cada momento para dichas clases de pensión, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
- Si vives solo y tu renta anual no supera los 6.079,71 euros (0,75 IPREM).
- Si no vives solo, el límite de ingresos de la unidad de convivencia aumentará en 1.215,94 euros (0,15 IPREM) por cada miembro adicional al titular del contrato que sea mayor de edad y en 2.026,57 euros (0,25 IPREM) por cada miembro menor de edad.
- Además, el límite de ingresos aumentará en otros 4.053,14 euros (0,5 IPREM) si alguno de los miembros de la unidad de convivencia tiene discapacidad reconocida igual o superior al 33%, es víctima de violencia de género o terrorismo, está en situación de dependencia reconocida de grado II o III, o la unidad de convivencia está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor.