¿Vendiste acciones en 2022? Así te afectará en tu Declaración de la Renta
En la declaración del IRPF solo se incluyen las acciones vendidas en el ejercicio fiscal, no las compradas ni las que se mantienen
Representarán una ganancia o pérdida patrimonial según la diferencia entre el valor al que se compraron y al que se vendieron
Cómo se pueden compensar las pérdidas y ganancias bursátiles en la Declaración de la Renta
¿Vendiste acciones en 2022 aprovechando que estaban subiendo? ¿O quizás te viste obligado a deshacerte de ellas pese a cotizar a la baja porque necesitabas el dinero? Si es así, no olvides que este año te toca ajustar cuentas con Hacienda. En la declaración del IRPF solo se incluyen las acciones vendidas en el ejercicio fiscal y no las que se han comprado, ni las que se mantienen en la cartera. Así es como te afectará fiscalmente su venta.
MÁS
Lo primero que hay que determinar es si las acciones que vendiste han generado ganancias o pérdidas patrimoniales. Como explican desde la CNMV, "se produce ganancia patrimonial si el importe de la venta es superior al de la compra y se produce pérdida si el importe de la venta es inferior al de la compra".
Valores de adquisición y transmisión
Por ello, hay que tener en cuenta el valor de adquisición y el valor de transmisión. El primero representa el valor de la venta, deducidos los gastos de esa operación. Mientras que el segundo término se calcula con el precio de la compra más los gastos de la operación. La diferencia entre ambos se incluye en la base imponible del ahorro del año fiscal en el que se produjo la venta.
También es posible que compraras y vendieras acciones a lo largo del año. Cuando sean del mismo emisor, la Agencia Tributaria aplica el criterio 'First-In, First-Out', o lo que es lo mismo, los títulos que primero se transmiten son los primeros que se compraron. Así, el valor de compra que hay que considerar es el de las más antiguas que se mantengan en cartera.
Otra cosa que puede ocurrirte es que, al realizar diferentes operaciones, hayas obtenido tanto pérdidas como ganancias. En ese caso, se podrán compensar las pérdidas hasta un límite del 25% del positivo. El resto del importe negativo se podrá compensar en las declaraciones posteriores durante cuatros años.
La norma 'anti-aplicación'
Este proceso admite una excepción, la norma 'anti-aplicación’, que se ejecuta cuando, además de las pérdidas, en los dos meses anteriores o posteriores se han comprados acciones homogéneas -emitidas por el mismo emisor- que han permitido mantener el patrimonio constante.
Además hay que tener en cuenta que el proceso de compensación también se aplica sobre la base del ahorro. Es decir, se incluye tanto en la variación patrimonial y en los rendimientos del capital mobiliario por separado, como entre sí. En cada uno de los casos se obtendrá un saldo positivo y otro negativo que se compensarán entre sí. La base imponible del ahorro se obtendrá del saldo positivo de los rendimientos del capital mobiliario y el saldo positivo de las ganancias patrimoniales.
La cuota que tendrás que pagar
La venta de acciones supone una ganancia (o una pérdida) que suma (o resta) al total de la base imponible del ahorro. Actualmente, los tipos impositivos oscilan entre el 19% y el 28%. Estos porcentajes se aplican por tramos de forma progresiva sobre la base del ahorro:
- 19% hasta 6.000 euros.
- 21% entre 6.000 y 50.000 euros.
- 23% entre 50.000 euros y 200.000 euros.
- 27% para entre 200.000 euros y 300.000 euros.
- 28% para más de 300.000€.
Para determinar el resultado de la liquidación del IRPF hay que tener en cuenta las retenciones practicadas para deducirlas. Así, si las retenciones son superiores a la cuota resultante a pagar, el inversor recibirá como resultado de la liquidación del IRPF el exceso retenido.