Hacienda no descansa por Navidad. No se va de viaje, no tiene vacaciones ni familia ni sueños. De hecho, estará en la casa de todos, acechando y vigilando los regalos que se muevan en los sobres. Ahora, la Agencia Tributaria ha avisado de que los regalos que se hagan en forma de dinero también deberían pasar por caja. Así que mucho ojo con la paga que le das a tus nietos porque te podrían investigar después. Estos son los detalles.
Bodas, bautizos, comuniones y fiestas señaladas. Es, habitualmente, donde más intercambio de dinero se produce entre los invitados y los anfitriones. Los sobres, a veces, vuelan cargados de billetes. Sin embargo, este simple hecho de dar a alguien un regalo monetario podría estar incumpliendo la Ley 29/1987, de 18 de diciembre del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que da a Hacienda la potestad de comerse su trocito de pastel de la fiesta si así lo decidiera.
Evidentemente, esto pocas veces ocurre, porque es prácticamente imposible controlar todos los intercambios que se producen por ese motivo cada día, pero la opción está presente. De hecho, según la norma, este tipo de actos se considera una "adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito entre intervivos"; es decir, dinero que una persona le da a otra sin ningún tipo de recibo o justificación legal y que supone un aumento del capital de los que lo reciben.
Evidentemente, si alguien te da un sobre con no mucho dinero y te lo vas gastando poco a poco, no deberías tener ningún problema. Sin embargo, las alarmas saltan en Hacienda cuando detectan que tu vida ha cambiado de repente y sin justificación alguna.
Por ejemplo, aunque tus ingresos oficiales en el banco sean los mismos, en tu garaje descansa un flamante nuevo Jaguar que te has comprado. Hacienda puede sospechar de dónde ha salido ese dinero e iniciar una investigación. O si, de un día para otro, registras en el Registro de la Propiedad un nuevo inmueble sin que hayas pedido una hipoteca. O, en un caso más mundano, si de manera periódica haces ingresos en efectivo cuantiosos en el banco sin que haya una factura de por medio.
Como se ve, los bancos y Hacienda mantienen una estrecha colaboración para detectar el fraude y el blanqueo de capitales, por lo que cada movimiento sospechoso puede desatar la alerta y que tengas problemas con el Fisco. La alianza es tal que, por ejemplo, nuestro banco tiene la obligación de avisar al Banco de España y a la Agencia Tributaria siempre y cuando ingresemos o retiremos 3.000 euros o más de nuestra cuenta bancaria
Dado que estos regalos están bajo la Ley de Sucesiones y Donaciones, existen determinadas rebajas fiscales dependiendo de la Comunidad Autónoma donde se produzca el hecho. Por ejemplo, en Madrid, Andalucía, Murcia y La Rioja tienen una bonificación del 99%.
Si la Comunidad Autónoma no hubiese asumido competencias normativas en materia de Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, las cuantías para pagar a Hacienda serían así: si lo que te han donado va de los 0 a los 7.993,46 euros, podrías tener que pagar un tipo de 7,65% respecto a lo recibido. Si va desde 7.993,46 hasta los 15.980 tendrás que abonar 611,50 euros. Si aumenta desde los 15.980 hasta los 23.968,36 el importe a pagar, sin bonificación autonómica, será de 2.037,26 euros.