Complemento de 'maternidad' para hombres: cómo se reclama y cuánto dinero supone en la pensión
El complemento de maternidad es un suplemento a las pensiones contributivas que entró en vigor en 2016 y que, en sus primeros años de vida, estuvo limitado a las madres que tuvieran dos o más hijos
Tras una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo que tildaba al suplemento de discriminatorio, la Seguridad Social comenzó a otorgar esta ayuda a todos los padres que cumplieran con los requisitos y que hubieran accedido a una pensión contributiva a partir de 2020
Recientemente, el Tribunal Supremo dictaminó que el complemento por maternidad debe concederse con carácter retroactivo para incluir a todos los hombres con hijos que hayan accedido a una pensión contributiva desde 2016
El complemento por maternidad es un suplemento a las pensiones contributivas de la Seguridad Social destinado a los progenitores que tengan dos o más hijos. Este suplemento, que se puede aplicar tanto a la pensión de jubilación, como a la de viudedad e incapacidad permanente, entró en vigor en 2016 y durante sus primeros años de vida fue de carácter exclusivo para las mujeres, una decisión que el Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) tildó como discriminatoria en 2019 porque considerar que reconocía el derecho al complemento a las mujeres, mientras que lo negaba a los hombres que se encontraban en la misma situación.
A raíz de la sentencia del Tribunal, la Seguridad Social comenzó a reconocer este derecho a los hombres, pero solo a partir de la fecha de publicación de la sentencia del organismo, es decir, a partir de febrero de 2020, por lo que se ahorraban el pago de los complementos atrasados.
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Ahora, una sentencia del Tribunal Supremo ha resuelto que el complemento por maternidad debe concederse con carácter retroactivo para incluir a todos aquellos hombres con hijos que hayan accedido a su pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente desde la fecha de aplicación de la norma.
¿Quién puede reclamar el complemento de maternidad?
La sentencia del Tribunal Supremo afecta a todos los hombres que tengan dos o más hijos y hayan accedido a su pensión contributiva entre el uno de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
Aquellos que tuvieran una pensión reconocida con fecha anterior a enero de 2016 no podrán reclamar el complemento. Lo mismo ocurre con los hombres que hayan accedido a su pensión después del 3 de febrero de 2021. En este caso, los varones podrán optar al complemento para reducir la brecha de género en pensiones, un suplemento creado para sustituir al antiguo complemento por maternidad.
Para reclamar el complemento por maternidad, desde la OCU explican que los interesados que cumplan con los requisitos deberán escribir una solicitud en la que reclamen, de manera clara, el complemento de maternidad del art. 60 LGSS en la redacción vigente desde el 1 de enero de 2016 hasta el 3 de febrero de 2021. No existe ningún formulario oficial para reclamar este complemento, aunque la OCU cuenta con un modelo estándar que sus socios pueden conseguir en su página web.
Además de este documento, los interesados también deberán reunir el documento de reconocimiento de su pensión, su DNI y el libro de familia o, en su defecto, el certificado de nacimiento de sus hijos. Una vez tengan toda la documentación, tendrán que presentarla en el Instituto Nacional de la Seguridad Social, ya sea a través de su sede digital o en una de las oficinas.
Con el complemento por maternidad, los beneficiarios pueden ver la cuantía de su pensión aumentada en un 5%, si tienen dos hijos a cargo, en un 10%, si tienen tres hijos a cargo, o en un 15%, en caso de que tengan cuatro o más hijos.
En caso de que un hombre cumpla con los requisitos necesarios para acceder a esta ayuda y el INSS deniegue su solicitud, tendrán que presentar una reclamación administrativa previa. Si la desestiman, desde la OCU señalan que será necesario presentar una demanda contra el organismo en un juzgado de lo social por su proceder injustificado.