Así te puede ayudar haber hecho la mili para jubilarte antes de tiempo
El servicio militar obligatorio suma tiempo de cotización cuando se trata de una jubilación anticipada
También son aplicables la prestación social sustitutoria o el servicio femenino obligatorio
Cómo jubilarte de forma anticipada tras un despido: trámites y requisitos
Durante décadas los españoles cumplimos con el servicio militar obligatorio, conocido popularmente como la mili, un deber que dejó de ser forzoso en el año 2021. Si fuiste de los que hizo ese servicio a la patria ahora podrías beneficiarte de ello si pretendes acceder a una jubilación anticipada. La Seguridad Social contempla ese periodo en la mili como tiempo cotizado, aunque para ello hay que poder acreditarlo. Te contamos cómo hacerlo.
La normativa de pensiones obliga a los trabajadores a acreditar al menos 35 años de cotización para jubilarse de forma anticipada de forma voluntaria, 33 años si se trata de un cese no voluntario en el trabajo. Al tratarse de mayores periodos de cotización que en una jubilación normal, existe la posibilidad de dar un 'empujón' al trabajador sirviéndose de parte de los periodos desarrollados en el servicio militar obligatorio. Concretamente, se podrá añadir el máximo de un año a su periodo cotizado para cumplir con el requisito de cotización de la jubilación anticipada voluntaria o involuntaria.
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Solo en caso de que sea estrictamente necesario
Esto no solo sirve para la mili, sino que también se aplica a quienes realizaron la prestación social sustitutoria o las que realizaron el servicio social femenino obligatorio. En cualquier caso, solo se podrán utilizar estos periodos para sumarlos en el total de años cotizados cuando sea estrictamente necesario de cara al cumplimiento del periodo de cotización obligatorio. Es decir, no se puede sumar un año a efectos de aumentar el porcentaje de la base reguladora al que se tiene derecho.
La Seguridad Social explicita que "sólo en el caso de que esta cotización sea necesaria, se abrirá una pantalla solicitando que se cumplimente el período de dicho servicio militar" y que, si no fuese necesario, "no hay que indicar nada". Eso significa que si deseas jubilarte de forma anticipada de forma voluntaria con una cotización de, por ejemplo, 34 años y medio, podrás completar el medio año que te falta para cumplir con los requisitos. En cambio, si ya tuvieses esos 35 años garantizados no te haría falta incluir el tiempo de la mili, la prestación social sustitutoria o el servicio social femenino obligatorio.
Cómo solicitar el cómputo de la mili
Si estás interesado en agregar la mili a tu jubilación anticipada debes documentarlo. Esto es, demostrar a la Seguridad Social que cumpliste con el servicio militar. La instancia para obtener el certificado y proceder al cómputo recíproco de cotizaciones debes entregarla en la Delegación del Ministerio de Defensa de la provincia donde residías en el momento de acceder al servicio militar. Allí tendrás que cumplimentar la instancia oficial para proceder con el trámite. Además, debes presenta una copia del DNI y de la cartilla militar. Y en caso de que quieras solicitar el reconocimiento de tu periodo de voluntario o de excedente del obligatorio también tendrás que documentarlo.
Cuando tengas el certificado de la Dirección General de Personal Militar de la Delegación del Ministerio de Defensa que acredite tu realización del servicio militar obligatorio, y en su caso, el tiempo extra realizado, debes dirigirte a tu sede correspondiente de la Seguridad Social para solicitar que incluyan ese tiempo en tu vida laboral.