Oasis en el desierto de la pensión compensatoria: una mujer recibirá el 25% de lo ahorrado por el marido en el matrimonio
Una mujer va a recibir una pensión compensatoria de 83.400 euros y una prestación de mil euros al mes durante 10 años
La jueza ha aplicado la perspectiva de género "en la interpretación del derecho de la mujer que ha cuidado de los hijos y del hogar"
En 2021 solo el 7,24% de las mujeres que se divorciaron consiguieron la pensión compensatoria
La posibilidad de que se dé una pensión compensatoria a quien en el seno del matrimonio se dedicó a cuidar de los hijos y del hogar está reconocida en nuestro marco jurídico. Otra cosa distinta es que los jueces las concedan. En 2021 solo el 7,24% de las mujeres que se divorciaron la consiguieron, porcentaje que evidencia una clara situación de desigualdad. Ahora, sin embargo, una sentencia ha determinado que una mujer reciba una pensión compensatoria de 83.400 euros y una prestación de 1.000 euros al mes durante diez años, según informa Público.
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Derecho por haber cuidado del hogar y los hijos
La jueza del Juzgado de Primera Instancia 19 de Barcelona, Isabel Giménez, otorga a la mujer el 25% del incremento patrimonial que experimentó el marido desde que se casaron en régimen de separación de bienes en 2006; es decir, 334.000 euros repartidos en diferentes productos financieros.
La mujer solo había trabajado de manera esporádica y a tiempo parcial, porque se dedicó casi al completo al cuidado de sus mellizos, que tenían dificultades aprendizaje, y a las tareas del hogar. El hombre, que cobraba 5.150 euros al mes y le pertenecía la vivienda familiar, abandonó el hogar en mayo de 2022.
La magistrada aplica la perspectiva de género "en la interpretación del derecho de la mujer que ha cuidado de los hijos y del hogar, conforme a la Ley Orgánica 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres". El 25% de los ahorros que había aglutinado el hombre mientras estuvo casado, 83.400 euros, pasan ahora a la mujer como pensión compensatoria, en virtud del artículo 232.5 del Código Civil Catalán.
A fin de equilibrar la situación de la mujer tras la ruptura, también reconoce una prestación compensatoria de mil euros al mes durante 10 años, un periodo que estima la jueza prudente para compensar el desequilibrio económico. Asimismo, fija en 1.500 euros al mes la pensión alimenticia para los dos hijos.
¿Una decisión voluntaria?
La jueza Isabel Giménez ha tenido que lidiar con muchos casos en los que el hombre intenta eludir el pago de la pensión compensatoria a su exmujer. En una de sus sentencias más recientes, el exmarido alegó que la mujer había decidido libremente quedarse en casa para cuidar de sus hijos. Lo que la magistrada calificó como "estereotipo que prejuzga falta de idoneidad de una mujer para reclamar sus derechos económicos, tratando sus razones como espurias".
En ese caso, la mujer, de 58 años, cobraba 1.200 euros al mes y el hombre entre 3.800 y 5.000. Tras 35 años de matrimonio, ella solo tenía 14 años cotizados por haberse dedicado al cuidado de la casa y los hijos. La jueza fijó una prestación compensatoria de 600 euros al mes durante 12 años.
Por su parte, el Tribunal Supremo tiene fijada doctrina al respecto de las pensiones compensatorias, que son "un derecho personal que la ley reconoce al cónyuge al que la separación o el divorcio produce un empeoramiento en la situación económica que gozaba durante el matrimonio, colocándole en posición de inferioridad frente a la que resulta para el otro consorte".