La brecha salarial no se da únicamente entre los trabajadores en activo, sino que afecta a toda la vida laboral. El salario medio anual fue de 26.948,87 euros por trabajador en 2022, un 4,1% mayor que el del año anterior. El de las mujeres fue de 24.359,82 euros y el de los hombres de 29.381,84.
Además de la diferencia en el salario, también se encuentra el problema del tiempo cotizado. Los datos no engañan: el 66% de las mujeres no pueden alcanzar los 38,5 años de cotización exigidos para acceder a la jubilación a los 65 años con el 100% de la base reguladora, frente a, tan solo, el 25% de los hombres. Si nos vamos al trabajo autónomo, la cifra es aún más elocuente: solo 1 de 64 mujeres pueden completar esa carrera de fondo con éxito.
Para paliar esta desigualdad, en 2021 el entonces ministro José Luis Escrivá, actual gobernador del Banco de España, presentó el complemento para reducir la brecha de género en las pensiones, dirigido sobre todo a las mujeres que han sufrido esta desigualdad durante su carrera laboral, pero pueden solicitarlo también los padres siempre y cuando se hayan visto más perjudicados en la carrera profesional.
Con esta medida, que ya estaba presente pero solo a partir del segundo hijo, el Ejecutivo quiso reducir la brecha de género en las pensiones del 30% a menos del 5%, momento en el que el complemento dejará de estar activo.
Para el próximo año se perfilan cambios. A la subida de las pensiones del 2,8% anunciada por Elma Saiz, Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, de cara a 2025 en cumplimiento a la revalorización anual de las pensiones, hay que sumarle el incremento de este complemento en las pensiones contributivas.
Este complemento pueden solicitrlo las mujeres y hombres que sean beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación, excepto la jubilación parcial, de incapacidad permanente o de viudedad a partir del 4 de febrero de 2021 y que hayan tenido uno o más hijos.
También pueden solicitarlo los hombres que acrediten, además de esos requisitos, una pensión de viudedad y alguno de sus hijos tenga derecho a una pensión de orfandad o bien que acrediten haber visto su carrera interrumpida por nacimiento o adopción de algún hijo.
En 2024, la cuantía del complemento equivalía a 464,8 euros anuales por hijo. En 2025 pasará a ser así:
El complemento puede solicitarse desde la web 'Tu Portal' de la Seguridad Social con certificado digital, DNI electrónico o clave permanente, o en los centros de atención e información de la Seguridad Social (901166565/ 915421176) con cita previa.