Voy a hacer el testamento y quiero dejárselo todo uno de mis nietos: te contamos cómo hacerlo
Si deseas que uno de tus nietos herede parte de tu herencia, puedes hacerlo. Pero hay otra parte que es más complicado que llegue a sus manos
El paso de los años hace que cada vez tengamos las cosas más claras. Hay ocasiones en las que la familia lo es todo, pero otras en las que inevitablemente las relaciones se rompen. Esto, por ejemplo, puede ser un motivo para que en un determinado momento nos decidamos a realizar un cambio de testamento hacia aquellos que sí han estado a nuestro lado y se han preocupado por nosotros. Pero, ¿es tan fácil? Veamos, por ejemplo, si es posible dejarle tu herencia a uno de tus nietos, que es el que siempre ha estado a tu lado.
Los tipos de testamento
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Siempre se ha dicho que el testamento es uno de los actos más personales que hay por la intimidad que requiere. Pero primero, ¿sabes cómo se hace? Por lo general se suelen utilizar dos tipos de testamentos. El primero es el testamento abierto. La persona que va a dejar sus bienes, manifiesta su última voluntad ante el notario para que quede informado del contenido y darle validez. Aunque hay casos un poco extremos en los que no es necesaria la presencia de un notario. Cuando el testador esta en peligro de muerte, por ejemplo, puede hacerlo ante cinco testigos.
Por su lado, el otro tipo de testamento más común es el cerrado, que se redacta en privado y no se puede abrir ni leer hasta que la persona haya fallecido. Ten cuidado porque al no poderse conocer el contenido, el notario no podrá asesorar al testador sobre si alguna de sus cláusulas incumple la ley. También existe el testamento ológrafo, pero se usa en menor medida, que está escrito por el testador. Para su validez, debe estar totalmente redactado por él, con su firma y la fecha completa en la que se otorga.
Ahora que conoces las formas de realizar un testamento, debes tener en cuenta que se divide en tres partes. La primera es la legítima. Esta parte va destinada a todos los hijos por igual, aunque hay casos muy específicos en los que se les puede desheredar, por lo que la legítima pasaría directamente a los siguientes familiares directos.
Luego está la segunda y la tercera parte, en donde es más fácil que tus nietos reciban la parte de tu herencia que desees. El tercio de mejora se puede repartir entre los descendientes de la forma en la que te plazca. En este caso, si el testador quiere, por los motivos que sean, favorecer a sus nietos, puede dejar este tercio enteramente para ellos al ser descendientes.
El otro tercio es el de libre disposición. Si los dos anteriores se deben repartir entre los herederos forzosos, los descendientes, con esta parte de la herencia se puede hacer lo que se quiera, como donarlo a una ONG o dejárselo a tus hijos. Pero si en tus planes está que lo reciban tus nietos o a alguno de ellos en concreto, tienes todo el derecho de hacerlo.
¿Desheredar a un hijo a favor de un nieto?
Ahora bien, antes se mencionaba que hay casos muy puntuales en los que se puede desheredar a los hijos de la parte legítima que les pertenece directamente. En el caso de hacerlo, es posible que ese tercio pueda ir a parar a tus nietos. Pero para ello se debe haber demostrado por parte de un tribunal que el hijo ha atentado contra la vida de su progenitor; que le ha obligado o impedido bajo amenazas o violencia a modificar o hacer el testamento; haberle negado los alimentos o cuidados necesarios; o haberle maltratado, física o psicológicamente, o injuriado de forma grave.
Hay que recordar que estos hechos tienen que ser demostrables y se deben plasmar en el testamento, junto con la documentación, que se desea desheredar a su hijo. Si esto ocurre, y el hijo resulta finalmente desheredado, su parte legítima pasaría a sus hijos como herederos forzosos, es decir, los nietos del testador.
Como ves, parte de tu herencia puede ir a parar fácilmente a tus nietos o a alguno de ellos en concreto. Pero si quieres que sea la totalidad de la herencia, es más complicado. Quitarle a un hijo su parte legítima, como has visto, solo se puede hacer en casos muy excepcionales que hayan sido probados por un tribunal.