Cómo aprovecharse de los fondos europeos para reformar tu casa
Desgravaciones de hasta el 60% en el IRPF
Te pagan el 40% de hasta 3.000 euros, y el 40% del IVA
Una oportunidad irrepetible
Nunca tendrás una oportunidad como ésta de preparar tu vivienda para el cambio climático: renovar la caldera de gas, poner placas solares, aislar las ventanas... los Fondos Next Generation financian las obras que necesitas para que tu vivienda ahorre energía... y tu ahorres dinero.
Quién puede pedirlo
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Puedes pedir ayudas tanto para rehabilitar tu vivienda como para reformar el edificio o el chalet, con tal que las actuaciones consigan un ahorro energético determinado. Puedes mejorar los sistemas de calefacción y refrigeración, la caldera, aislar las ventanas o poner placas solares. Se puede aprovechar para hacer otro tipo de mejoras de accesibilidad, o daños estructurales en el edificio, siempre que se consiga el ahorro energético preceptivo.
Lo más interesante es que puedes contratar la ayuda de un gestor, un persona que se encarga de hacerte todos los trámites, algunos muy técnicos, y conseguir los permisos y certificados necesarios, y cuyos gastos también cubre la subvención en un 40%.
Hay dos tipos de subvenciones, una para edificios y otra para viviendas. Se pueden pedir las dos a la vez, siempre que no sea para hacer lo mismo. Por ejemplo, si vives en un chalet, puedes pedir las ayudas de edificios para poner paneles solares en casa, y las de vivienda para aislar ventanas o cambiar la caldera de gas. Y si vives en un piso, se pueden pedir reformas para el edificio, a través de la comunidad de vecinos, o para aislar las ventanas o cambiar la caldera de tu piso.
Ayudas a viviendas
- Quién. Las ayudas son para la vivienda habitual de propietarios o inquilinos.
- Requisitos. Tras la actuación, se debe certificar una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración en, al menos, un 7%, o bien el consumo de energía primaria no renovable (gas, carbón, gas-oil) en, al menos, un 30%.
- Cuantía. La ayuda será del 40% del coste de la actuación, con un límite de 3.000 euros. El coste mínimo de la actuación es de 1.000 euros. Se subvenciona el cote de las obras, pero también se subvenciona el costa del gestor de la rehabilitación, la persona que se encarga de redactar los proyectos, las certificaciones y las memorias de justificación. También te ahorras el 40% el IVA.
- Cómo. Debes contactar con el gestor de la rehabilitación que se encarga de todos los trámites.
- Plazos. El plazo para ejecutar las obras no podrá exceder de doce meses, contados desde la fecha de concesión de la ayuda. En cualquier caso, las actuaciones objeto de financiación deberán estar finalizadas antes del día 30 de junio de 2026.
Ayudas a edificios
- Quién. Los vecinos de una comunidad decidir por mayoría simple acometer las obras. También si tienes una vivienda unifamiliar: chalet o adosado.
- Requisitos. Que al menos el 70% del edificio sea de uso residencial. Que se asigne a un gestor para tramitar la solicitud de la ayuda. Que se reduzca al menos un 30% el consumo de energía no renovable, y entre un 25% y un 35% la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda unifamiliar o edificio.
- Cuantía. La ayuda depende del porcentaje de ahorro en consumo de energía conseguido con la actuación, es decir, a mayor ahorro mayor subvención. Hasta el 45% de ahorro, te dan un 40% de los gastos. Si se consigue un ahorro de entre el 45% y el 65%, la comunidad recibe hasta 6.300 euros por vecino. Si el ahorro es mayor, se pagan 53 euros por metro cuadrado de cada vivienda rehabilitada. Si alguien no puede pagar porque no tiene recursos, se le financia hasta el 100% de los gastos
- Cómo. Debe hacerse todo a través del gestor de rehabilitación.
- Plazos. Las obras deben estar terminadas a los 26 meses como máximo. Las obras debes estar terminadas el 30 de junio de 2026.
El rehabilator
Quien haya transitado por el proceloso mar de las subvenciones sabe lo complicado y farragoso que puede ser el asunto. Para estas subvenciones en concreto se ha creado la figura del gestor de rehabilitación, una persona que se encarga de realizar todo el proceso "llave en mano", desde el proyecto previo, a la tramitación de la solicitud de subvención, la expedición de las justificaciones, certificados y demás documentos necesarios.
El gestor de rehabilitación puede ser un arquitecto, una empresa constructora o incluso un administrador de fincas. Las Comunidades Autónomas acreditan a estos profesionales como gestores o agentes de rehabilitación y tú debes escoger entre los disponibles. Además, los colegios de arquitectos y otras entidades han habilitado departamentos para la gestión de estas ayudas, y han surgido numerosas empresas que ofrecen el servicio completo. Recuerda que se subvenciona desde el 40 hasta el 80% de los gastos del gestor en función del tipo de obra realizada.
También puedes hacer tú las gestiones, si la obra es sencilla y para tu vivienda, pero necesitarás algunos certificados y mediciones técnica complejas para justificar el ahorro energético, y también ciertos conocimientos en justificación de proyectos.
Las subvenciones se otorgan por orden de registro y hasta que se acaben los fondos, así es que cuanto antes la presentes, mejor.
Deducción IRPF
La otra gran ventaja de estas ayudas es que no computan como ingreso en el IRPF, y puedes desgravarte una parte importante de lo gastado. Para obras en edificios, hasta el 60% con un límite de 15.000 euros. Para obras en vivienda, hasta un 40% con un límite de 7.500 euros.