Tras muchas horas de tensas negociaciones, el Gobierno y los bancos han llegado finalmente a un acuerdo para las hipotecas. Las medidas acordadas aliviarán la carga de más de un millón de familias vulnerables o en riesgo de vulnerabilidad por la subida del euríbor y entrarán en vigor a partir del 1 de enero. Se sabe que el paquete de ayudas también llegará a una buena parte de la clase media, ya que se cubrirán rentas con ingresos superiores a los 25.000 euros, por lo que es posible que tú también puedas beneficiarte de ellas. A falta de cerrarse algunos flecos con las patronales bancarias, te contamos a quién afectarán y qué requisitos se requerirán.
El catálogo de ayudas acordado por los bancos y el Ejecutivo se dirige a todas las familias que hayan solicitado una hipoteca y se vean afectadas por la subida del euríbor. Estas familias se dividen en tres bloques: vulnerables, nuevos vulnerables y familias en riesgo de caer en la vulnerabilidad.
Engloba a aquellos los hogares que tengan una hipoteca, que sus ingresos sean inferiores a 25.200 euros anuales, que destinen más del 50% de estos ingresos a pagar la hipoteca y que hayan sufrido un incremento de un 50% del esfuerzo hipotecario. Estas medidas mejoran el actual Código de Buenas Prácticas para hipotecados vulnerables, aprobado en 2012, con el fin de adaptarlo a la situación actual.
Estas familias podrán reestructurar sus préstamos pidiendo una rebaja del tipo de interés con una carencia de hasta cinco años. En concreto, el descenso en los tipos será de hasta un euríbor menos 0,10% (-0,10%) frente al euríbor más 0,25% (+0,25%) actual. Estos hogares tendrán dos años para solicitar la dación en pago de su vivienda. Y, en caso de que hayan solicitado una reestructuración de los préstamos, podrán pedir una segunda.
Con el objetivo de ampliar el ámbito de actuación, los hogares con rentas inferiores a 25.200 euros al año que dediquen más del 50% de los ingresos mensuales al pago de la hipoteca, aunque no vean incrementada en un 50% el esfuerzo hipotecario, podrán acogerse al Código con una carencia de 2 años, un tipo de interés menor durante la carencia y un alargamiento del plazo de hasta 7 años. Por ejemplo, una familia con una hipoteca tipo de 120.000 euros y una cuota mensual de 524 euros tras la revisión de tipos de interés, verá reducida su cuota durante el periodo de carencia de cinco años más de un 50%, hasta los 246 euros.
Estas son las ayudas pensadas para las rentas medias-altas. Se podrán beneficiar de ellas aquellas familias que ganen hasta 3,5 veces el IPREM. Es decir, unos 29.400 euros al año. Eso sí, tendrán que cumplir una serie de requisitos. Así, además de tener ingresos menores a 29.400 de euros, tendrán que destinar más del 50% de su renta mensual al pago de la hipoteca. El préstamo tendrá que estar firmado antes del 31 de diciembre de 2022, y la carga hipotecaria debe ser superior al 30% de su renta y haber subido, al menos, el 20%.
Para todos estos casos, las entidades financieras deberán ofrecer la posibilidad de congelación durante 12 meses de la cuota, un tipo de interés menor sobre el principal aplazado y un alargamiento del plazo del préstamo de hasta 7 años. El tiempo total de la hipoteca no puede superar los 40 años.
El Gobierno y los bancos han acordado también reducir los gastos en comisiones para facilitar el paso de hipoteca variable a tipo fijo para facilitar las cosas a aquellos que no vayan a recibir ayudas. Además, durante el 2023 se van a eliminar las comisiones por amortización anticipada.
La idea, según la vicepresidenta económica Nadia Calviño, es que todas las entidades se sumen a estas nuevas ayudas, aunque por ahora no hay nada oficial. Los dos Códigos de Buenas Prácticas serán de adhesión voluntaria por parte de las entidades financieras y de obligado cumplimiento una vez suscritos.