La incertidumbre sigue en el aire. Con 281 brotes de coronavirus activos en España en el momento de publicar este artículo y con agosto y el relevo vacacional a la vuelta de la esquina, plantearse si es prudente seguir adelante con las vacaciones planeadas o el miedo a que estas se cancelen está sobre la mesa. Bien porque la zona elegida está afectada o confinada, bien porque la salud y la conciencia mandan. ¿Qué hacer entonces? Planteamos los diferentes escenarios y sus posibles soluciones.
Este puede ser uno de esos casos en los que se lamente no haber leído con detenimiento las cláusulas de cancelación en el alojamiento o paquete contratado. La lógica del low cost juega a ofrecer el mejor precio pero la peor prevención frente a imprevistos o catástrofes, pero en estos tiempos términos como cancelación flexible que aparecen en las plataformas de reservas de alojamientos y páginas de hoteles o medios de transporte -y que suelen ir acompañados de un incremento del precio final- surte efecto tranquilizante para el consumidor.
Como explica a Uppers la agente de viajes Yasmina Nebro, de Gestión por ti, cuando se decretó el estado de alarma en marzo, la decisión de no viajar por miedo a contraer el virus o por prevención y la situación de pandemia no aparecían reflejadas dentro de la opción de cancelación por causa mayor en los seguros de viajes (como sí aparecían el haber contraído una enfermedad grave o la incorporación a un puesto de trabajo, por ejemplo).
A raíz del nuevo escenario han aparecido nuevos seguros específicos que contemplan el Covid en sus coberturas y ganan adeptos los seguros de libre desistimiento, que permiten la cancelación del viaje hasta 48 horas antes de que el viajero parta y sin necesidad de justificante o explicaciones.
Opciones predilectas en tiempos de cambios constantes e impredecibles porque "permiten decidir si ir o no hasta prácticamente el último momento", explica la agente. Estos tienen un precio añadido al viaje de una media de unos 35 euros por persona y semana de viaje, según señala. Y advierte que "cada seguro es muy específico y cuenta con muchísimas cláusulas dentro". Por eso, además de una lectura detallada de lo que se está contratando, Nebro sugiere "consultar con un profesional especializado en este tipo de gestiones, que tienen muchos 'truquillos' y recursos en caso de tener que hacer esas tramitaciones tan tediosas".
En principio, no habría que alarmarse: si la situación manda y la cancelación es obligatoria porque el gobierno autonómico correspondiente ha decretado confinamiento, los consumidores estarían protegidos tanto por la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios como por el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Este último texto reconoce la "urgente necesidad" de que los consumidores queden protegidos "respecto a aquellos contratos que puedan resultar de imposible ejecución como consecuencia de las medidas impuestas por las diferentes administraciones durante las fases de desescalada o nueva normalidad". Y añade: "Esta medida resulta necesaria para poder ajustar lo previsto en nuestro ordenamiento a la Recomendación (UE) 2020/648, de la Comisión Europea, relativa a los bonos ofrecidos a los pasajeros y a los viajeros como alternativa al reembolso de viajes combinados y servicios de transporte cancelados en el contexto de la pandemia de COVID-19".
¿Qué ocurre entonces si la aerolínea, el turoperador o el alojamiento que contraté me ofrece un bono para realizar mi viaje en otro momento y no el reembolso del dinero? Respecto a la recomendación de la Comisión Europea ya mencionada y desde el 13 de mayo, el Real Decreto-Ley aclara que la aceptación de esos bonos es de carácter voluntario por parte del cliente y que la empresa estaría obligada a reembolsar la cantidad de la compra. "Se modifica este artículo en un doble sentido, en primer lugar, para circunscribir la posibilidad de emisión de los bonos a la aceptación voluntaria con carácter previo por parte del pasajero o viajero, y, en segundo lugar, para establecer el plazo automático de 14 días para el reembolso del importe del bono a la finalización de su periodo de validez, si este no ha sido canjeado".
Para facilitar información y ayuda respecto a estos trámites que a menudo se hacen bola, plataformas como la OCU han creado espacios virtuales de cancelaciones por coronavirus.