Pese a estar divorciados o separados, lo habitual es que los dos progenitores ostenten el ejercicio conjunto de la patria potestad, independientemente de con quién esté compartiendo su tiempo el menor. En ese caso, lo lógico es que la planificación de cualquier viaje al extranjero cuente con el acuerdo de ambos padres. Pero no basta con el simple acuerdo privado. ¿Qué pasos hay que seguir? En gran parte, depende de si nuestro tiene pasaporte o no.
El pasaporte permite viajar por todo el mundo, a diferencia del DNI, que solo es válido para trasladarnos por los países del acuerdo Schengen. La emisión del pasaporte es voluntaria, mientras que el DNI es obligatorio a partir de los 14 años, aunque los menores de esa edad también puedan tramitarlo, acompañados de su tutor.
¿Por qué es importante este matiz? “Hacerse el pasaporte requiere la presencia y la firma de los progenitores del menor. Ambos concurren en ese acto; por lo tanto, se asume que ambos padres, separados o no, están de acuerdo en que los hijos viajen fuera de España”, explica María Oliva Gómez Olmedo, abogada de CEA Asesoramiento Jurídico y Legal.
Aun así, esta abogada recomienda que si el menor va a ir acompañado de un solo progenitor, y más si la pareja está disuelta, acompañe el pasaporte con un permiso oficial, firmado ante funcionarios de la Policía o de la Guardia Civil, de que ese traslado se realiza con el consentimiento de ambos padres. “Cada vez es más frecuente que se produzcan secuestros o salidas sin consentimiento paterno y las autoridades tienen la potestad de comprobar que el menor que se va de viaje lo hace con todos los permisos. Aún con el pasaporte, en las aduanas pueden pedir esta autorización expresa. Por eso recomendable hacerla también incluso en el caso de viajar con pasaporte”.
De cara a la planificación de viajes, es importante saber que la vigencia de los pasaportes de los menores es sólo de dos años, frente a los cuatro de los adultos.
Si viajamos con nuestro hijo por algún país del espacio Schengen para el que solo necesitamos el DNI, sí es obligado disponer de esta autorización oficial firmado por los dos progenitores. Para obtenerla, hay que completar un formulario disponible en la comisaría o cuartel de la guardia civil o en internet. El trámite es totalmente gratuito y tiene una validez de 30 días, así que lo recomendable es hacerlo por lo menos con una semana de antelación.
Además, cada país y embajada, incluso en el entorno de la UE tiene criterios diferentes en cuanto a los viajes con menores de edad. “Conviene consultar las condiciones de cada estado. No hay una legislación uniforme y podemos arriesgarnos a que el funcionario impida la entrada de nuestro hijo”, afirma la abogada de CEA.
Cuando existen disparidad de pareceres o criterios entre ambos progenitores, la autoridad judicial interviene, adoptando las medidas cautelares pertinentes y siempre según el artículo 156 del Código Civil. Según establece, “la patria potestad se ejercerá conjuntamente por ambos progenitores o por uno solo con el consentimiento expreso o tácito del otro. Serán válidos los actos que realice uno de ellos conforme al uso social y a las circunstancias o en situaciones de urgente necesidad”.
Si los padres viven separados, siempre según el Código Civil, la patria potestad se ejercerá por aquel con quien el hijo conviva. Sin embargo, el juez, cuando lo solicita el otro progenitor y en interés del menor, podrá atribuir al solicitante la patria potestad para que la ejerzan conjuntamente o distribuir entre el padre y la madre las funciones inherentes a su ejercicio.
En definitiva, a no ser que la patria potestad solo sea ejercida por uno de los padres, cualquier decisión importante, incluida la de salir al extranjero con tu hijo de vacaciones, siempre requerirá el consenso de ambos padres. ¿Qué hacer si la cosa se complica? “Si uno de los progenitores se opone al viaje de forma injustificada, puedes consultar con un abogado para que presente ante el Juzgado una carta formal pidiendo autorización judicial que suplante el consentimiento que no has obtenido. Es recomendable acompañar esta solicitud con los billetes de avión ida y vuelta”, explica Gómez Olmedo.
Existen otras circunstancias donde hay que presentar la autorización para que los menores salgan fuera de España:
La autorización es fundamental en este caso, y si no la tienes, es muy probable que el agente de aduanas no permita al niño coger el vuelo.
Si el niño se traslada con otros miembros de la familia debe indicarse expresamente en la autorización quién será la persona a cargo del menor durante el viaje, además de acompañar el documento con fotocopia de su DNI o pasaporte.
Es similar al caso de padres divorciados. La autorización acredita que el niño no está siendo sustraído sin el permiso del padre o la madre, sobre todo si alguno de los progenitores es extranjero.
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