¿Me pueden multar por aparcar en mi propio vado permanente?
Como cualquier señal, el vado permanente tiene unas normas que deben cumplir tanto los conductores como los propietarios que lo solicitan
Estacionar el coche en tu vado permanente podría acarrear sanciones económicas de hasta 200€
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¿Quién no ha utilizado la puerta de su propio vado para estacionar el vehículo? Las dudas sobre si está bien aparcado o no surgen normalmente y para ello hay que tener en cuenta que un vado permanente es una licencia expedida por el ayuntamiento correspondiente. Esta licencia sirve para reservar un espacio en la vía pública que se destina a la entrada y salida de vehículos del interior de una propiedad privada. Si se tiene en cuenta esta afirmación estaría prohibido aparcar allí.
El vado permanente da derecho a la entrada y salida de vehículos durante las 24 horas del día. Para disfrutar de este derecho, la licencia debe estar en vigor. Normalmente la placa de vado tiene una pegatina con la fecha de finalización de la vigencia de este. Por tanto, ningún coche puede aparcar en el vado.
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¡Cuidado! Hay ocasiones en las que pueden haber sustraído la pegatina de vado permanente. En tal caso, fíjate bien antes de bloquear el acceso a un garaje o, si no, te enfrentarás a una multa por aparcar en un espacio reservado.
Si en tu caso tienes dudas de si puedes aparcar porque la placa está desgastada o el vado permanente parece abandonado, no te arriesgues, puede que el vado no haya caducado, aunque esté mal la placa. La policía municipal es la autoridad que te puede aclarar si puedes aparcar en esa plaza o no.
El dueño de un vado permanente no puede aparcar en la zona delimitada de acceso ya que la licencia le da derecho de paso, pero no de propiedad de la vía pública. La zona de acceso puede estar identificada bien por el rebaje del bordillo o por una línea continua de color amarillo. Todo el mundo, incluso el propietario, tiene prohibido aparcar en un vado permanente. En caso de estacionar en uno, la sanción puede ascender a unos 200€.
¿El vado es un derecho de reserva de la plaza?
Queda claro, pues, que no, el vado no es en ningún caso un derecho de reserva de plaza, sino que se trata de la tasa que se ha de contraprestar por la utilización de un dominio público para uso privado, es decir, el derecho de paso por la acera hasta su garaje.
El vado legal, que ostenta la señal R-308, obliga a su cumplimento por todo vehículo, por lo que prohíbe el estacionamiento sin excepciones. De lo contrario, estamos ante una reserva de plaza con un fin particular y que no beneficia a la colectividad de vecinos.
Incluso si el vado permanente estuviera colocado a la entrada de un chalet particular que afectara solamente a un propietario, este tampoco podría aparcar delante del vado como si se tratara de una plaza más, ya que estaría invadiendo la vía pública. Es importante tener claro que el vado es una licencia para poder atravesar la acera y entrar y salir del garaje, nada más.
Ya lo sabes: si tienes un vado y estacionas un vehículo en la puerta del garaje, no es raro que la grúa se lo lleve o que te encuentres incluso con una sanción.
¿Cómo solicitar un vado?
La solicitud del vado permanente depende de la normativa de cada municipio o ayuntamiento, pero, por lo general, requiere la siguiente documentación:
- Copia del DNI del propietario.
- Copia del título de propiedad del inmueble.
- Descripción de la necesidad que justifique la solicitud de dicho vado permanente.
- Presentar un plano de situación del inmueble y un plano de emplazamiento a escala (ésta dependerá de la localidad). Hay que detallar el ancho de acceso al inmueble o a la finca y los elementos urbanísticos afectados.
- Aportar las licencias correspondientes: licencia de obra de primera utilización, licencia de habilitación del local para garaje, licencia de modificación del uso y/o licencia de actividad.
- Presentar el justificante de pago de la tasa correspondiente, que varía según el municipio
Los vados tienen una validez de un año y si no se abona al ayuntamiento la tasa correspondiente dentro del periodo establecido, no estará vigente. Asimismo, si eres tu quien tiene un vado, no te olvides de renovarlo porque una vez pasado un año dejará de ser legal y la policía podrá sancionarte con una multa que oscila entre los 501 y los 901 euros.