¿Cuándo no es obligatorio llevar el cinturón de seguridad?
El cinturón es el freno del cuerpo en caso de impacto y forma el sistema de seguridad junto a los airbags y los reposacabezas del conductor y los acompañantes
Según el Reglamento General de Circulación hay situaciones muy concretas que eximen del uso del cinturón de seguridad como la maniobra de marcha atrás
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En principio, ya nadie pone en duda el uso obligatorio del cinturón de seguridad en cualquier medio de transporte. La DGT recuerda que su utilización “reduce de tres a uno la probabilidad de muerte en accidente de tráfico y disminuye el riesgo de fallecimiento en un 77% en los vuelcos”. Tan solo hay ciertas situaciones en las que se permite no abrochárselo. En Uppers hemos consultado en el Reglamento General de Circulación cuándo no es obligatorio el cinturón de seguridad.
Tal como apunta la DGT, en 2020, 125 personas fallecieron en accidente de tráfico debido a que no lo llevaban puesto, una cifra que supuso el 26% del dato total de muertes. Según sus estadísticas, reduce un 50% el riesgo de muerte y alrededor del 75% las lesiones. Por su parte, la Organización Mundial de la Salud añade que un uso correcto de este sistema de seguridad rebaja entre un 43% y un 65% el riesgo de sufrir lesiones graves y mortales.
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El objetivo del cinturón es amortiguar la deceleración que sufre el conductor y los pasajeros. Según Tráfico, “actúa como un paracaídas” para que pierdan su energía cinética en caso de impacto, es decir, es como un freno para el cuerpo. Su función es estirarse, de modo que pierde anchura y gane longitud, con lo cual no causa lesiones graves al usuario. En caso de no haberlo abrochado, en un choque contra un objeto rígido a 80 kilómetros por hora los ocupantes de un coche “se verían lanzados hacia delante con una fuerza 80 veces superior a su peso”, subraya la DGT.
De este modo, el cinturón es el pilar más importante del conjunto de sistemas de seguridad con el que cuenta un vehículo ante un accidente. Los otros componentes de seguridad son los airbags y los reposacabezas, pero sin el cinturón no hacen su función. De todas formas, el cinturón deben ir colocado correctamente ya que en caso contrario puede provocar lesiones graves ante una colisión.
En nuestro país, ya en 1975 se impuso su utilización en los asientos delanteros, pero hubo que esperar a 1992 para que también fuera obligatorio en las plazas traseras de los coches. Actualmente, si no se lleva abrochado la multa es de 200 euros por tratarse de una infracción grave e implica la pérdida de tres puntos en el carné de conducir.
No obstante, el mismo Reglamento General de Circulación en su Artículo 119 apunta cuándo los conductores y los pasajeros no están obligados a utilizar el cinturón. El texto enumera una serie de situaciones excepcionales donde las autoridades liberan de su uso y de otros sistemas de retención homologados a conductores y acompañantes.
Exenciones del uso del cinturón
La norma establece que no serán multados los conductores si están maniobrando marcha atrás o estacionando el vehículo, ni tampoco aquellas personas que dispongan de un certificado de exención por razones médicas graves o discapacitadas. La condición en este caso es que deben presentarlo a los agentes de tráfico cuando se lo soliciten. Este documento además debe incluir un periodo de validez, estar firmado por un facultativo colegiado en ejercicio e incorporar el símbolo establecido por la normativa vigente.
Por otro lado, el artículo 119 también exime de llevar puesto el cinturón de seguridad a los conductores de taxis cuando estén de servicio; los distribuidores de mercancías, si están realizando “sucesivas operaciones de carga y descarga de mercancías en lugares situados a corta distancia unos de otros”; los conductores y pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia; y las personas que acompañan a un alumno mientras está aprendiendo a conducir o durante las pruebas de aptitud y que además estén a cargo de los mandos adicionales del automóvil. El párrafo también hace referencia a que en un taxi las personas de menos de 135 centímetros de altura pueden ir sin cinturón, pero siempre detrás.
El reglamento exime del uso del cinturón en todos estos casos, pero también impone una condición: deben estar circulando en poblado. Una vez accedan a una autopista, una autovía o una carretera convencional deben llevarlo siempre abrochado.