Latigazo cervical en accidentes de tráfico: ¿qué indemnización me corresponde?

Un latigazo cervical es una lesión que se produce a consecuencia de un movimiento rápido y muy fuerte del cuello hacia delante y hacia atrás. Un movimiento que se asemeja al del chasquido de un látigo, de ahí su nombre. Esta lesión es una de las más habituales al sufrir un accidente de circulación y la mayor parte de personas que tienen un accidente de alcance sufren este tipo de lesiones cervicales que afectan a la parte superior de la columna vertebral.

El Síndrome del Latigazo Cervical es una lesión que se produce cuando el coche de delante reduce la velocidad o frena de forma inesperada, de forma que el cuello se mueve hacia detrás y hacia delante bruscamente. Puede ser leve o producir secuelas. Esta dolencia puede aparecer de inmediato o a las pocas horas en forma de dolor de cabeza o en la zona del cuello, un dolor que puede incluso extenderse a hombros y brazos y provocar mareos.

Hay distintos tipos de latigazos cervicales. Algunos son leves y se quedan en un dolor de cuello más o menos intenso y duradero. Otros son incapacitantes y causan un perjuicio personal y laboral durante un tiempo. Aunque raramente causan daños permanentes en la columna vertebral, puede suceder. Cuando se da, es posible reclamar una indemnización para hacer frente al tratamiento y a las dificultades que provoca en la vida laboral. Por ello, la indemnización por latigazo cervical es una de las más solicitadas.

¿Cómo saber el grado de latigazo cervical?

Es el médico quien debe indicar el grado de latigazo cervical tras someter al paciente a la exploración y pruebas que considere pertinentes. No obstante, vamos a mostrarte qué síntomas corresponden a qué grados. Pero recuerda, la última palabra y la que vale, es la del médico.

  • Grado I: Sufres dolor en el cuello, pero no existen contracturas ni signos radiológicos de daños cervicales.
  • Grado II A: Padeces dolor con signos objetivos de daños como contracturas o rigidez.
  • Grado II B: Existe dolor y este va acompañado de una limitación al movimiento, sin tener en cuenta su relevancia.
  • Grado III: Además del dolor y la limitación del movimiento existen otros signos de daños neurológicos, siendo los más habituales el hormigueo en los dedos, mareos y los vómitos.
  • Grado IV: Existe algún tipo de fractura o luxación cervical detectada en prueba radiológica u otro tipo de prueba médica objetiva.

Indemnización por latigazo cervical

Es importante tener en cuenta que toda persona que haya sufrido un latigazo cervical a causa de un accidente de tráfico tiene derecho a ser indemnizada. Aunque, es necesario que estos tengan pleno conocimiento de sus derechos, con el objetivo de que puedan exigirlos y así optar por una compensación más sustanciosa.

Los puntos más relevantes sobre el derecho a indemnización por latigazo cervical que tienen las víctimas son los siguientes:

  • Las personas que presenten esguince o latigazo cervical a consecuencia de un accidente de tráfico, tiene todo el derecho de recibir atención sanitaria gratuita y oportuna en centros médicos públicos o privados.
  • De la misma forma, tiene derecho a recibir todos los tratamientos de rehabilitación y fisioterapia que sean necesarios, para obtener nuevamente la plenitud de su salud. El coste de todos ellos correrá a cargo de la aseguradora del responsable.
  • La víctima tiene derecho a recibir una compensación justa que esté acorde con su lesión, así como por el tiempo de recuperación que le fue necesario. También, debe ser indemnizada por las secuelas y los perjuicios económicos que le dejo atrás el accidente de tráfico.
  • Dado que las aseguradoras intentar minimizar los efectos de este tipo de lesiones, es necesario contar con la figura de un abogado especialista en accidentes de tráfico. Pues, estas compañías lo único que buscan es otorgar a las víctimas mínimas cantidades de dinero por concepto de indemnización. Entonces, es allí donde estos profesionales intervienen para defender a sus representados cabalmente.

La indemnización por latigazo cervical en 2024 con esguince cervical para una persona que trabaja y que tras una prueba médica obtiene la baja laboral es de 64,24 euros al día. Si se estima una baja de unos 50 días por este tipo de lesión, la suma supondría una indemnización por latigazo cervical de 3.212 euros.

En el caso de que el médico lo considere una lesión básica es de 37,07 euros al día. En este caso la indemnización por accidente dependerá del tiempo de rehabilitación por latigazo cervical que se necesite para la recuperación. Cuando el médico considere que es suficiente, o al concluir las sesiones de rehabilitación por latigazo cervical, acabará la suma de días indemnizados.

Existe un baremo detallado que cada año actualiza los puntos de cada tipo de lesión según la edad del paciente y señala la cuantía de indemnización que le corresponde. Actualmente cada punto de secuela para un latigazo cervical se indemniza con una cifra económica dependiendo de la edad de la persona.