No siempre sabemos qué nos vamos a encontrar en carretera, si va a ser un viaje normal, sin sobresaltos o en medio del trayecto nos vamos a topar con un imprevisto que nos va a retrasar. Entre esos imprevistos están, como no, los atascos que nos impiden llegar a tiempo al trabajo, a una cita o al médico y que nos desespera de tal manera que nos lleva a canalizar la rabia apretando con fuerza el claxon, algo que realmente no está permitido, pues se reserva para situaciones específicas, principalmente de emergencia. Pero, ¿qué pasa si ese atasco me pilla en medio de un túnel? ¿Debo apagar el motor o dejarlo encendido? Te damos las claves según lo que expone el reglamento.
El Reglamento General de Circulación explica las condiciones en las que hay que apagar el motor en su artículo número 115. "Aún cuando el conductor no abandone su puesto, deberá parar el motor siempre que el vehículo se encuentre detenido en el interior de un túnel o en lugar cerrado y durante la carga de combustible", establece la norma.
Pero, ¿cuándo debemos pararlo realmente para no estar encendiendo y apagando el motor continuamente? El reglamento expone que "todo conductor que se vea a permanecer con su vehículo detenido en el interior de un túnel u otro lugar cerrado, por un periodo de tiempo superior a dos minutos, deberá interrumpir el funcionamiento del motor hasta que pueda proseguir la marcha, conservando encendido el alumbrado de posición".
Este artículo del reglamento, como se lee, no solo señala a los túneles, también interiores. Por ejemplo, imagínate que un día muy concurrido visitas un centro comercial y, dado a que hay mucha gente, te toca aparcar en una de las plantas bajas del parking. Si cuando vas a salir hay cola por la razón que sea obligándote a permanecer parado más de dos minutos, tendrás que hacer lo que indica el reglamento en el artículo 115.
La norma sobre los túneles no solo recoge ese detalle, hay otras clave para mantener la circulación en esos interior. Por ejemplo, el artículo 79 prohíbe tajantemente efectuar cualquier cambio de sentido, mientras que el 87 hace lo propio con los adelantamientos cuando solo hay un carril para el sentido de circulación del vehículo que se quiere adelantar. Esto solo se podrá efectuar si existen dos carriles en el mismo sentido, no teniendo que invadir el carril contrario para ello.
¿Qué ocurre si por una emergencia o avería se te queda el coche inmovilizado en un túnel? Esto es lo que hay que hacer según el reglamento: