Multa. Esa palabra que siempre te viene a la mente cuando ves que te has pasado de la velocidad en una carretera y crees que te ha captado un radar, ves un papel colocado en el parabrisas de tu coche cuando vas a cogerlo o encuentras en tu buzón una carta de Tráfico. Pero a veces se nos pasa un aspecto esencial y que, de pararnos la autoridad, podría conllevar una cuantiosa sanción. Te hablamos de los papeles o documentos que hay que llevar siempre en el coche para librarte, al menos, de una multa por no tenerlos. Aún así, algunos de esos documentos puedes llevarlos en la aplicación móvil de la Dirección General de Tráfico (DGT) sin necesidad de tenerlos in situ. ¿Quieres saber todo lo que debes llevar?
Quizá pienses que es obligatorio llevar una copia de tu seguro del vehículo o del último recibo que has pagado. Bien, por un lado es obligatorio tenerlo contratado, ya que es necesario para cubrir posibles daños a terceros, pero desde hace más de una década no es necesario que lo tengas en tu coche. ¿Por qué? Cualquier autoridad puede revisar telemáticamente que se dispone de un seguro, aunque si descubren que no está asegurado habrá sanción. En España existen más de dos millones de vehículos sin seguro y las multas por circular sin él conlleva multas de entre 601 y 3.005 euros.
Pero hay otro tipo de documentación que sí tienes que tener siempre en el coche. Según la propia DGT uno de esos documentos es el carnet de conducir, que como expone la entidad es "obligatorio llevarlo siempre que se conduce o, en su defecto, la autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico" Si por lo que sea la cartera se nos ha quedado en casa tampoco hay que preocuparse en exceso, pues la multa asciende a 10 euros, aunque si está caducado mucho ojo, porque sube como la espuma hasta los 200 euros.
Algo parecido ocurre con el permiso de circulación del coche, un papel que siempre deberíamos tener en nuestro coche, aunque si no lo tenemos deberíamos llevar una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico. Al igual que en el anterior caso, no tenerlo son 10 euros de multa, pero cuidado con este dato, ya que si el vehículo está dado de baja la sanción asciende a 500 euros.
La ITV es otro aspecto a tener en cuenta. Por un lado la tarjeta de la inspección es obligatoria, especialmente en vehículos de cierta antigüedad, por ejemplo, según la DGT "para los turismos desde los cuatro años". Como pasa en los casos anteriores, no tenerla equivale a 10 euros de multa, pero si la ITV está caducada la multa pasa a ser de 200 euros. En el otro lado está la pegatina de la ITV, que aunque pueda parecer que no, también es obligatoria llevarla bien visible en el parabrisas, de lo contrario la multa asciende a 100 euros si se nos ha pasado cambiarla por la antigua.
En todo caso, la DGT asegura que si alguno de esos papeles se extravía siempre se puede solicitar un duplicado en Jefatura de Tráfico o en la ITV y, además, aconsejan denunciar su pérdida o robo para así "evitar un uso fraudulento" de ellos. Y avisan, si nos vamos de vacaciones y alquilamos un coche debemos asegurarnos al subirnos que posee toda la documentación necesaria.
Por su parte, como comentábamos, la aplicación para móviles de la DGT ya recoge algunos de estos documentos por si algún día no lo tenemos físicamente, como el carnet de conducir o el permiso de circulación.