¿Qué tengo que hacer para dar de baja el coche de la DGT?
Cuando un vehículo ya no da más de sí debe darse de baja en la DGT a través de unos sencillos pasos
Si lo realizas directamente en el desguace probablemente no tengas que ir presencialmente a ninguna oficina de Tráfico
Muchas veces se alarga la vida de ese coche que nos ha acompañado durante toda vida lo máximo posible porque no queremos deshacernos de él. Pero inevitablemente siempre llega ese momento en el que el vehículo dice: “hasta aquí”. Tras décadas siendo tu transporte principal y fiel compañero su vida ha terminado y es hora de hacerse con uno nuevo. Pero antes de pensar en sustituto debes saber que hay que hacer una serie de trámites con el antiguo para darle completamente de baja, especialmente en la Dirección General de Tráfico (DGT). ¿Quieres saber como dar los pasos pertinentes?
Y no creas que es un trámite que puedes dejar pasar o que no es necesario, pues desde la DGT lo dejan totalmente claro: “la baja definitiva es un trámite necesario para retirar un vehículo de la circulación cuando ha llegado el fin de la vida útil del mismo”. El primer paso para comenzar el proceso es llevar el coche a un desguace o a un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos. Allí mismo se pueden encargar de hacer los trámites necesarios.
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¿Qué necesitas?
Tras la tramitación, se te hará entrega de un certificado de destrucción del vehículo junto con un justificante de baja definitiva, papeles que se deben conservar, pues con ese justificante podrás acreditar ante cualquier Administración que el coche ha sido llevado al desguace y también se le ha dado de baja en Tráfico. Ojo si tienes una joya en casa, ya que los históricos o de época no van a ningún desguace, sino que en Tráfico se encargan de hacer las gestiones oportunas.
Para la baja definitiva es necesario que lleves, además del coche, dos documentos indispensables:
- El permiso de circulación del mismo
- La tarjeta de la ITV
Debes saber que no tienes que personarte tú mismo en el desguace, pues hay empresas que se pueden encargar de realizar las gestiones pertinentes si no tienes el tiempo suficiente para ocupar una mañana en la baja de tu antiguo coche. Desde el desguace y con la documentación necesaria se procederá a realizar la baja de forma telemática y se hará entrega de la documentación antes mencionada como justificante. Además, si faltase algún papel se te comunicaría para que lo entregases lo antes posible para poder continuar con las gestiones.
Por su parte, tampoco suele ser necesario que te presentes en la DGT de forma presencial, ya que se enviarán los certificados y el resto de documentación pertinente a la administración correspondiente. Después de que la tramitación haya sido completamente aprobada, llegará a tu correo electrónico toda la documentación.
Otros casos posibles
Todo este proceso se mantiene en un caso normal en el que entregas tu antiguo coche, cosa que cambia si es el caso de un coche de empresa, de alguien que ya ha fallecido o, como te exponíamos antes, de vehículos de época o históricos. Para este último caso hay que pedir cita previa para acudir presencial en una Oficina de Tráfico.
En ese caso en concreto hay que rellenar un impreso oficial que se facilita en la misma oficina, la identificación de la persona interesada, la documentación original del coche, su permiso de circulación y su tarjeta de la ITV. En caso de no tener la documentación pertinente, debe hacer entrega de una declaración responsable. Además, hay que acreditar el valor histórico del vehículo.
Baja temporal
Este trámite no tiene coste alguno, aunque si la baja no es definitiva, sino temporal, sí que lo tendrá. Estas bajas se dan cuando un coche va a estar una larga temporada parado o ha sido robado y hay que tener en cuenta que una vez efectuada la baja no se puede circular. Para hacerlo electrónicamente es necesario un certificado digital, un DNI electrónico o una cl@ve, abonar la tasa y seguir los pasos.
En cambio, si se acude presencialmente, además de tu documentación tendrás que rellenar la solicitud y un justificante de pago. En caso de vehículos agrícolas también se debe acreditar su baja en el ROMA. Además, una vez dada la baja, debe guardarse en una propiedad privada, por lo que no podrá estar en la calle.