La DGT avisa: por qué debes dejar de plegar los retrovisores de tu coche al aparcar
Plegar los retrovisores del vehículo después de estacionarlo puede no ser una práctica tan recomendable como se cree
Según la DGT, lo que parece una medida de precaución para evitar golpes puede tener consecuencias indeseadas
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En los grandes centros urbanos cada vez hay más coches y menos espacio. Con un margen de maniobra cada vez más limitado, las posibilidades de tener un contacto indeseado con otro vehículo se multiplican. Por eso a la hora de aparcar muchos conductores acostumbran a plegar los retrovisores por temor a posibles golpes o choques en calles o avenidas estrechas. Sin embargo, esa práctica que parece tan prudente podría no ser tan recomendable como creemos.
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Los retrovisores plegables cumplen con una loable doble función. Por un lado, proteger la integridad del coche y del retrovisor mismo, al reducir su exposición. Y por otra parte dejar más espacio en la calzada para que otros coches puedan desplazarse sin problemas. Sin embargo, la capacidad de plegarse puede ser una ventaja o una desventaja, dependiendo del punto de vista desde el que se esté observando.
¿Acción contraproducente?
Así, la Dirección General de Tráfico (DGT) es de la opinión de que los retrovisores desplegados, al aumentar el espacio que cubre el vehículo a lo ancho, obliga a otros conductores a ir con más cuidado y a mantener la distancia, evitando de esta manera rayones y abolladuras. Sin embargo, si los retrovisores están plegados, pueden no tener tanto cuidado al maniobrar junto al coche aparcado.
Además, la DGT apunta que al momento de retomar la marcha un conductor puede llegar a olvidar desplegar los retrovisores, lo que puede crear una situación peligrosa en circulación, ya que se daría cuenta tiempo después de esta circunstancia. Es cierto que en muchos modelos actuales los retrovisores se pliegan de forma automática al apagar el coche y vuelven a su lugar cuando se enciende el motor de nuevo, pero todavía son muchos los vehículos donde esta acción hay que realizarla manualmente.
Lo que dice la normativa de la DGT sobre los retrovisores
La normativa de la DGT en torno a los retrovisores señala que estos deben estar homologados y que debe haber dos como mínimo del lado del conductor: uno en el interior, que por lo general ocupa la parte superior en el centro de la cara interna del parabrisas, y otro en el exterior, sobresaliendo a un lado de la ventana. También se recomienda la presencia de un tercer retrovisor, que debe estar del lado del copiloto, para cubrir lo que se considera el “ángulo muerto”, que queda naturalmente fuera del ángulo de visión del conductor.
En algunos de los modelos más modernos se han incorporado avances tecnológicos como sistemas antideslumbramiento, calefacción para días de lluvia o niebla, y señalización para los puntos ciegos. Innovaciones que están permitidas en España, siempre y cuando cumplan con los estándares establecidos por la DGT.