Vuelve Madrid Central (y sus multas): qué hacer si me han puesto una en estos últimos meses de limbo legal
Vuelve Madrid Central, ahora como Madrid 360, ¿qué multa pueden ponerte por acceder al centro de la ciudad?
Las notificaciones de los últimos meses no eran multas, solo avisos. Desde este sábado ya sí se multa
¿Quiénes pueden acceder al centro de Madrid? ¿Qué pasa con los comerciantes de la zona?
Madrid Central vuelve a estar en vigor desde el pasado sábado 11 de diciembre, aunque a partir de ahora se lo conoce por otro nombre diferente: Madrid 360. Pese al cambio de nombre, su objetivo no deja de ser el mismo, reducir la presencia de los vehículos más contaminantes en el centro de la ciudad durante los próximos años. Esto vuelve con novedades y dudas. ¿Qué pasa con las supuestas multas que te han llegado en los últimos meses? ¿De cuánto será la sanción a partir de ahora?
¿Qué ocurre con las notificaciones recibidas?
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Si desde el pasado octubre te ha llegado una notificación por carta debido a que has entrado en el Distrito Centro de Madrid con tu vehículo no debes preocuparte. Ese documento era un simple aviso que durante dos meses se ha realizado para alertar a los conductores de que una vez finalice ese proceso de adaptación a Madrid 360 serán multados por entrar en una zona ahora denominada Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP). En esos dos meses no se ha multado a nadie, pero desde el sábado entrar en la zona centro de Madrid puede conllevar una sanción.
Ahora bien, en julio la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anuló Madrid Central, que desencadenó la revocación de casi 480.000 sanciones que se habían puesto bajo esa normativa y que ascendían a más de 40 millones de euros. Estas multas son, en su mayoría, las impuestas entre los meses de marzo y comienzos de mayo.
¿Cuál es la multa?
No obstante, con el nuevo Madrid 360 ya en vigor, las cámaras están atentas a las matrículas de los vehículos y ya notifica a los conductores no autorizados que no hay aviso, saltarse la normativa conlleva una multa de 90 euros, pero que si los conductores se acogen al pronto pago pueden obtener una rebaja del 50%.
Vehículos con acceso permitido
¿Cómo saber si puedes o no entrar en el Distrito Centro de Madrid? Los vehículos con etiqueta pueden entrar en la zona siempre que se dirijan a estacionar en un parking público o privado, también aquellos que tenga la etiqueta ECO y CERO y, por supuesto, los residentes sin importar el tipo de vehículo que tengan. A ellos se le unen los vehículos adaptados para personas de movilidad reducida, los de servicio, como las ambulancias, los de reparto, los históricos o personas invitadas por los residentes.
Sin embargo, ¿qué ocurre con los comerciantes y las empresas? Ellos aún deben esperar un poco más. Si bien los comerciantes tendrán el mismo trato que los residentes para acceder tengan el coche que tengan, no será hasta el próximo 22 de diciembre cuando se haga efectivo y puedan acceder sin problemas, habiendo tenido tres meses para registrar sus vehículos en el distrito y poder circular por él sin riesgo a ser sancionados.
En todo caso, cada entidad o autónomo puede registrar hasta tres vehículos diferentes, pudiendo modificarlo hasta dos veces al mes, pero se debe demostrar que el acceso de los vehículos es imprescindible para su actividad comercial.
Respecto a las motos no todas pueden circular libremente, solo las que cuenten con las etiquetas CERO o ECO lo podrán hacer a cualquier hora del día, mientras que las que no tengan una de esas dos distinciones solo podrán acceder en un horario comprendido entre las 7 de la mañana y las 10 de la noche.
El caso de Plaza Elíptica
Además, hay que destacar que más allá del Distrito Centro, Madrid 360 también recoge que el entorno de Plaza Elíptica se encuadra dentro de una de las zonas de bajas emisiones por ser una de las más contaminantes de la ciudad. No obstante, no es igual que en la zona centro, aquí la restricción es para los vehículos que no tienen etiqueta.