Auxilio por defunción: qué es, cuánto se cobra y cuánto dura

La muerte de alguien cercano no es una situación fácil de asimilar, es mucho más complicado cuando, además de tener que lidiar con la parte emocional de la pérdida, tenemos que hacer frente a otras muchas gestiones asociadas con la defunción. No solo se pierde a alguien querido, la burocracia se convierte en otro nuevo obstáculo que hace que no se pueda pasar el duelo con tranquilidad hasta que todo queda solucionado. 

Si bien para algunas personas tener que solucionar papeleos puede ser una vía de escape, algo que les ayude a tener la cabeza en otro sitio aunque sea durante un tiempo, para otros puede llegar a ser una situación agobiante, sobre todo si no se tiene demasiado claro qué hay que hacer y a qué ayudas se tienen derecho. Por ejemplo, no todo el mundo sabe lo que es el auxilio por defunción.

Qué es el auxilio por defunción, cuánto se cobra y cuánto dura

El auxilio por defunción es una pequeña prestación no contributiva que ofrece el Estado, junto con otras relacionadas con el fallecimiento, como la pensión de viudedad, de orfandad o el subsidio para familiares. Se otorga a quienes se hayan encargado de los gastos de sepelio del fallecido. Estos hacen referencia a los costes de los servicios relacionados con el funeral, el entierro o la cremación del fallecido, algunos de estos gastos pueden ser el féretro o la urna, el traslado en coche fúnebre o el tanatorio, entre muchos otros. 

Para poder solicitar esta prestación, es necesario que el fallecido estuviera dado de alta en la Seguridad Social, que fuera pensionista de jubilación o estuviera recibiendo el subsidio por incapacidad temporal de nivel contributivo. Quienes lo soliciten deberán presentar una serie de documentos, entre los que no puede faltar el documento oficial que proporciona el INSS para cumplimentar. 

También hay que presentar el certificado de defunción, el DNI (o NIE, en caso de ser extranjero) del solicitante y un documento de parentesco, como el Libro de Familia, el  certificado que expide el Registro Civil o un Certificado del Ayuntamiento, en caso de ser pareja de hecho. Si no existe relación familiar, también se puede solicitar presentando un documento que acredite los gastos del sepelio

Se puede solicitar de tres formas, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, acudiendo presencialmente a la oficina que nos corresponda o enviándolo por correo ordinario a cualquiera de las oficinas de la Seguridad Social o a su oficina central. 

Hemos definido esta prestación al principio del texto como pequeña ayuda porque es lo que es, los gastos de sepelio son elevados, de hecho suelen rondar los 3000 euros de media. Esta ayuda se recibe en un pago único y suele ser de una cantidad de 46,50 euros, por lo menos en 2024. Una cantidad que no llega a cubrir lo que se gasta en este tipo de situaciones, pero que está en mano de cada uno reclamar, porque al fin y al cabo es una prestación a la que se tiene derecho.