¿Estás pensando en jubilarte? Por qué en 2023 te va a resultar más duro

Si estás pensando en jubilarte en un futuro muy cercano debes tener en cuenta que hay importantes diferencias entre hacerlo este año o esperar al que viene. Hay un motivo específico por el que el acceso a jubilación en 2023 va a ser más duro. En concreto, habrá modificaciones en los periodos cotizados necesarios para hacerlo, que suben tres meses.

La reforma de las pensiones que entró en vigor en 2013 aprobó la ampliación de la edad de jubilación de manera progresiva ante la longevidad de la población y la necesidad de garantizar la sostenibilidad del sistema público. Entonces se estableció el aumento de la edad legal general de jubilación de 65 a 67 años en un horizonte de 15 años. Es decir, que el incremento culminará en 2027. Paralelamente, el periodo de cotización se irá incrementando tres meses cada año, hasta los 38 años y 6 meses, por lo que el año que viene se requerirán 90 días más de cotización que este año.

Requisitos para jubilarte en 2023

A día de hoy, para acceder a la jubilación en 2022 es necesario tener 65 años de edad y 37 años y 6 meses cotizados. También, se podrá acceder a la jubilación con 66 años y dos meses si se tiene más de 15 años de cotización a lo largo de la vida laboral y menos de 37 años y 6 meses.

A partir de 2023, solo se podrá acceder al 100 por ciento de la pensión de jubilación si se tienen 65 años y al menos 37 años y 9 meses cotizados, es decir, tres meses más que en 2022. Quienes no lleguen a este periodo de cotización, deberán esperar hasta los 66 años y cuatro meses, lo que supone dos meses más en 2022.

Periodo mínimo de cotización de 15 años

Tal y como se indica en la normativa legal de la Seguridad Social, también se va a poner un periodo mínimo de cotización para acceder a la pensión de jubilación. El trabajador deberá tener al menos 15 años cotizados para acceder a esta prestación contributiva, lo que equivale a cerca de 5.470 días cotizados. Además, al menos dos de ellos tienen que haber sido en los 15 años anteriores a la jubilación. Lo que ocurre en este caso es que solo se tendrá derecho con esto al 50% de la base reguladora, lo que disminuirá la cuantía de la pensión. 

Excepciones para acceder a la jubilación

La Ley de la General de la Seguridad Social también tiene sus excepciones a la norma. Es cierto que se mantiene la edad de los 65 años para quienes se aplique la legislación anterior a 2013. Pero esta edad puede adelantarse y producirse una jubilación anticipada cuando los trabajadores estén dados de alta o en una situación asimilada al alta en estos supuestos:

  • A los 60 años para los que son mutualistas, como los de las Clases Pasivas del Estado.
  • A los 61 años, cuando se acogen a una jubilación forzosa y no se es mutualista.
  • Jubilación parcial.
  • Jubilación especial a los 64 años.
  • El personal del Estatuto de la minería, el personal de vuelo de los trabajos aéreos, los profesionales taurinos y los bomberos.
  • Jubilación flexible.
  • Los trabajadores con un grado de discapacidad de un mínimo de 45% o del 65%.