La Declaración de la Renta" es un trámite anual por el que deben pasar de manera obligatoria todos los trabajadores que hayan percibido más de 22.000 euros de un solo pagador en el transcurso de un año, o 14.000 en el caso de aquellos que tengan más de un pagador y el segundo haya aportado más de 1.500 euros, para regular su situación fiscal con la Agencia Tributaria.
En este documento, que sirve para calcular la liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los contribuyentes deben incluir todas las rentas que hayan percibido a lo largo de todo el ejercicio fiscal. Es decir: todos sus rendimientos de trabajo, capital, actividades económicas, ganancias y pérdidas patrimoniales e imputaciones de renta establecidas por ley.
Aunque generalmente se suele pensar que solo los trabajadores deben presentar su Declaración de la Renta, lo cierto es que los pensionistas que cumplan con los requisitos también deben pasar por el proceso, ya que las pensiones, a ojos de la Agencia Tributaria, están consideradas como rentas de trabajo.
Así se recoge en el artículo 17 de la Ley del IRPF, donde se establece que “las pensiones y haberes pasivos percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y clases pasivas y demás prestaciones públicas por situaciones de incapacidad, jubilación, accidente, enfermedad, viudedad, o similares” se consideran rendimientos de trabajo.
Como consecuencia, todos aquellos pensionistas que perciban una pensión superior a 22.000 euros anuales deberán presentar su Declaración de la Renta. Lo mismo ocurre con aquellos que tengan dos pagadores y hayan percibido más de 14.000 euros anuales también deberán completar este trámite, siempre y cuando el segundo pagador haya aportado más de 1.500 euros.
Además, también deberán presentar la Declaración aquellos pensionistas que hayan percibido más de 1.600 euros anuales por rendimientos de capital mobiliario y aquellos que hayan recibido el Ingreso Mínimo Vital o formen parte de una unidad familiar que lo haya percibido.
Por el contrario, hay algunas pensiones que están exentas de IRPF y que, por tanto, quedan fuera de este Documento. Estas son: