Disfrutar de una pensión en España va ligado al cumplimiento de una serie de requisitos y obligaciones. No estar al día de estas exigencias puede significar una serie de multas y, en algunos casos, la retirada de la prestación. En este sentido, el Instituto Nacional de la Seguridad Social recuerda que si eres beneficiario de una pensión contributiva tienes la obligación de comunicar cualquier variación personal, familiar o bancaria que afecten la situación inicial que dio lugar a la pensión.
El pensionista tendrá la obligación de comunicarlos dentro de los 30 días siguientes a que se produzcan. En el caso de que este fallezca, serán sus familiares quienes tengan que comunicar dicha noticia a la Seguridad Social. Dichos cambios, que dependerán de la naturaleza de la pensión que se esté recibiendo, son los siguientes:
Estos cambios deben de realizarse a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social o de manera presencial en los Centros de Atención e Información (CAISS) con cita previa. También se puede llamar al 901 502 050 y solicitar un formulario para cambio de domicilio.
Si no se comunican, los beneficiarios de la pensión de jubilación, incapacidad permanente, viudedad o en favor de familiares podrían sufrir consecuencias como la pérdida de la prestación o, incluso la imposición de una multa.
Las sanciones a las que se enfrentan los pensionistas se clasifican en leves, graves y muy graves, y están recogidas en el Real l Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
Infracciones leves: Engloba los casos de no comparecer, previo requerimiento, ante la entidad gestora de las prestaciones en la forma y fecha que se determinen, sin causa justificada.
Infracciones graves: Aquí se recogen casos como no comunicar la baja en las prestaciones dentro del plazo en que se produzcan alguna de las situaciones determinantes de la suspensión o extinción del derecho.
Infracciones muy graves: Se refiere a situaciones tales como fraudes para conseguir alguna prestación indebida o superior a la que corresponda.