Yo también tuve los hijos: el movimiento de hombres que están pidiendo el complemento de maternidad en su pensión

  • Jubilados de Aragón, Madrid, Murcia, Canarias, Cataluña y León han conseguido que los jueces fallen a favor de cobrar el complemento de maternidad, pensado en principio para las mujeres, en sus pensiones

  • Las sentencias han obligado al cambio de la ley, que ya es extensiva a los hombres

  • Te contamos las condiciones para acceder al complemento, la letra pequeña y quiénes ganan y pierden en el nuevo escenario

Es obvio que los hijos son de las madres y de los padres. Y que la conciliación y las tareas respecto a su crianza y educación, con el correlato en las carreras profesionales de los progenitores, es cosa de dos. Sin embargo, para el Ministerio que dirige José Luis Escrivá la maternidad y su complemento en las pensiones era cosa de mujeres. Hasta que unas cuantas sentencias favorables a los hombres provocaron el cambio de la ley. Estas son algunas de ellas.

Todo comienza en Aragón

2020 fue un año especial para Carlos Alda, aragonés de 65 años. Le tocó vivir la pandemia del siglo y entró en la jubilación por la puerta grande. Este jubilado de Telefónica, padre de dos hijos, ganó la batalla legal al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) cuando un juzgado de Aragón le reconoció su derecho a percibir el complemento de maternidad en su pensión de jubilación.

"Es una cosa justa, porque los hijos son igual del hombre que de la mujer", contó entonces a Nius con un deje de orgullo reivindicativo: "las tareas las hemos repartido y yo he hecho mucho parque con mis hijos, más que mi mujer". Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea que considera "discriminatorio" el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (8/2015) obró el milagro. Este artículo establece que el complemento de maternidad es por "la aportación demográfica" que hacen las mujeres, pero Europa considera que los hombres también aportan.

Cuando Alda se jubiló no sabía que podía pedir ese suplemento. Fue su compañero José Luis Romero, vicesecretario general de la Unión de Jubilados y Pensionistas de UGT-Aragón, quien se lo hizo saber. Vieron que tenían posibilidades de éxito y se lanzaron. El propio Ministerio de Seguridad Social les recomendó reclamar de manera individual: incluir el complemento de maternidad a todos los jubilados desde 2016 era muy caro para las arcas públicas, solo cabía concederlo si se reclamaba de manera particular. Y Alda siguió el consejo.

Un camino para otros

Esta sentencia abrió el camino a otras favorables en Madrid, Murcia, Canarias y Cataluña. La última ha sido en León, donde este diciembre, un jubilado ya ha logrado cobrar el complemento de maternidad.

Tampoco fue tarea fácil. Tuvo que demandar al Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social por su derecho a percibir este complemento. Después de un tiempo de litigio, el Juzgado de lo Social número 2 de León ha fallado a su favor. La resolución supone un aumento del 10% en su pensión y el cobro retroactivo del complemento desde que se jubiló.

Cambio en la ley

Los distintos fallos a favor de los hombres han hecho que el Gobierno haya cambiado la ley. En la antigua legislación, el complemento aumentaba en un porcentaje la pensión de las mujeres para compensar los perjuicios que ocasionaba la maternidad en sus carreras profesionales. La realidad es que las pensiones de las mujeres son un 30% más bajas de media que las de los hombres. Cuando el Tribunal de Justicia Europeo dictaminó que la prestación era "discriminatoria para los hombres", ya que no podían solicitar esta ayuda, el Ejecutivo tuvo que modificar la Ley, introduciendo otros cambios que contemplan la bajada de la natalidad.

Requisitos

El complemento de maternidad se solicita a la vez que la pensión y pueden pedirlo los progenitores que tengan derecho a una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente desde enero de 2016. Los padres que hayan accedido a su pensión antes del 1 de enero de 2016 no lo pueden reclamar. El hijo o los hijos deben estar legalmente adoptados o ser biológicos, sin límite de edad, y han de estar inscritos en el Registro Civil español, independientemente de dónde hayan nacido.

¿Uno por cada hijo?

No. Se concede únicamente un complemento por hijo al progenitor que acredite ciertas condiciones, aunque, en principio está pensado para las mujeres. En caso de discrepancia y en igualdad de condiciones, el complemento se concederá a la madre. Sólo se concederá al padre si acredita un mayor perjuicio en su carrera por el nacimiento o adopción del hijo o la hija.

Si el hombre se queda viudo, podrá reclamar el complemento si demuestra que ha estado más de cuatro meses sin cotizar entre los nueve meses anteriores al nacimiento o adopción, y los tres años posteriores a dicha fecha. También si sus bases de cotización han bajado más un 15% en los dos años siguientes al nacimiento o adopción.

Si los progenitores son del mismo sexo, se otorga a quien tenga la pensión más baja. En el caso de que se reconozca el complemento al segundo progenitor, el primero dejará de percibirlo. Por ejemplo, si un padre divorciado pide el complemento porque se jubila antes, y se lo conceden, y tiempo después lo pide la madre y se lo conceden, el padre perderá la prestación.

Cuantía fija

Hasta ahora se aumentaba un 5% la pensión en el caso de tener dos hijos, un 10% con tres, y del 15% con cuatro o más. Ahora la compensación será una cuantía fija de 378 euros anuales por cada hijo a partir del primero (hasta un máximo de cuatro), que se reconocerá en las pensiones contributivas de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad. Esta cuantía se irá actualizando de acuerdo con la revalorización de las pensiones y no computa a efectos de complemento a mínimos ni como tope de la pensión.

¿Quién pierde y quién gana?

El nuevo cómputo del complemento de maternidad supone una redistribución más amplia de los recursos. ¿A quién perjudica y a quién beneficia?. Las familias numerosas son las grandes perjudicadas por la medida. Si eres madre o padre de tres o cuatro hijos, el nuevo cálculo no te beneficia en nada, tampoco si tu pensión es de 1.000 euros en adelante. Por su parte, la disminución del complemento en las pensiones más altas con cuatro hijos llega a más de 1.700 euros al año. Sin embargo, la nueva normativa beneficia a los progenitores con un solo hijo y a los hombres, ya que antes estaban fuera del complemento. Por último, también beneficia a las pensiones más bajas.