Este 29 de septiembre entró en vigor la Ley de Bienestar Animal de modo que todas aquellas personas que tengan una mascota a su cargo deben comprobar cómo les afecta la normativa. Uno de los nuevos puntos se refiere a la obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que cubra al animal. Los seguros de hogar contemplan la responsabilidad civil de los convivientes y en Uppers hemos verificado si cubre el seguro del hogar a mi perro.
Hasta la fecha, solo los perros considerados “potencialmente peligrosos” debían disponer de un seguro de responsabilidad civil o era una imposición general en determinadas comunidades autónomas. Ahora, esta obligación se ha hecho extensiva a todas las mascotas independientemente de su raza y se debe alargar durante toda la vida del animal. La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales dice exactamente que “en el caso de la tenencia de perros y durante toda la vida del animal, la persona titular deberá contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros”.
Tal como rezan las cláusulas de los seguros de hogar convencionales también está cubierta dicha responsabilidad civil de la mascota, lo que significa que la aseguradora hará frente, hasta una cantidad concreta, a los daños que pueda ocasionar a terceros. Romper una iluminaria del jardín del vecino, tirar una maceta de su terraza o pelearse con otros animales son algunos ejemplos de hechos en los que puede verse involucrado y que generan un gasto.
Cabe reseñar que es necesario comprobar que por defecto en la póliza de hogar existe esta cobertura de responsabilidad civil. Cuando no es así, siempre se puede solicitar como un extra.
Sin embargo, las aseguradoras destacan que esta cobertura general suele quedarse corta en casi todos los casos y que por ello disponen de seguros que se han diseñado específicamente para mascotas. Lo esencial, apuntan desde una de las firmas del sector, es “que proporcionan paz mental para los dueños” y sus fuentes insisten en su “conveniencia paliativa y preventiva”.
Algunos de estos seguros para mascotas se han desarrollado con garantías que van mucho más allá de la responsabilidad civil. Disponen del servicio de consultoría durante las 24 horas del día donde un equipo de expertos resuelve cualquier consulta relacionada con la salud y la alimentación del animal e incluso en cuanto a lo referido con la legislación. Es más, es común que esté incluida la asistencia jurídica para cubrir los gastos por posibles denuncias y juicios en los que se puede ver involucrado el dueño por las acciones de su perro.
Además, este tipo de seguros para mascotas se parece a las pólizas de salud convencionales pues suelen incluir asistencia veterinaria tanto en caso de accidentes como enfermedades. De este modo, el dueño tendrá cubiertos los gastos ocasionados por las consultas, las pruebas diagnósticas, los análisis o las intervenciones quirúrgicas oportunas. No obstante, es importante comprobar si las clínicas o centros veterinarios a los que se puede acudir se encuentran cerca del domicilio y qué territorio geográfico abarcan, por si se viaja con la mascota. Otras coberturas abarcan el sacrificio del animal, la pérdida o el robo, pues ciertas razas son particularmente deseadas.
Por otra parte, antes de la contratación de esta póliza para mascotas, es aconsejable revisar todos los puntos de la del hogar con el fin de evitar la duplicidad de las coberturas y con ello las cuotas.
Desde el 29 de septiembre, la fecha de entrada en vigor de la Ley de Protección Animal, es obligatorio que la mascota tenga cubierta su responsabilidad civil ante terceros. Tal como se establece, si el dueño no la tiene contratada durante toda la vida del animal puede encontrarse con una multa que oscila entre los 500 y los 10.000 euros.