Contar con un seguro de salud privado se ha convertido en una prioridad para muchos ciudadanos. España contaba en 2018 con 8,5 millones de seguros de salud, según la Unión Española de Entidades Aseguradoras (UNESPA), lo que demuestra la vitalidad de un sector en pleno crecimiento.
Pero no todas las pólizas son iguales. Antes de contratar hay que tener presente una serie de cuestiones fundamentales. No solo hay que analizar las características o coberturas del seguro en cuestión, sino que también tenemos que considerar las enfermedades preexistentes, aquellas que padecimos antes de suscribir la póliza. Estas patologías, su carácter o no crónico y su índice de curación pueden provocar que seamos aceptados o no por la aseguradora, que las condiciones de la póliza cambien o incluso que la aseguradora la rechace, pese a estar firmada.
Las preexistencias son aquellas discapacidades, enfermedades o patologías que existen en una persona antes de contratar un seguro de salud. Es decir, se trata de cualquier condición médica que el futuro asegurado pudiera padecer con anterioridad a la contratación de la póliza. La mayoría de los seguros entienden por preexistencia que la enfermedad haya sido diagnosticada por un especialista o que ésta ya hubiera producido gastos, y por supuesto, que la enfermedad por sus diferentes síntomas o signos no haya podido pasar desapercibida.
Si la aseguradora detecta que el futuro asegurado ya padecía de alguna dolencia antes de contratar la póliza, pueden subir la prima o directamente denegar el seguro. Además, no declarar una enfermedad anterior y necesitar tratamiento antes de finalizar el primer año de contratación puede hacer que la aseguradora reclame su propio dictamen médico. Pueden darse, así, varias situaciones. En el primer caso la aseguradora puede incluir una cláusula adicional de exclusión que estipula que no van a asumir coste alguno relacionado con esa patología. En el segundo, y de manera más extrema, pueden decidir anular la póliza al considerar que el asegurado mintió. En el camino intermedio, pueden ampliar los costes de la póliza.
Antes de contratar, las compañías piden a las personas que quieran suscribir un seguro de salud que cumplimenten un cuestionario en el que deben declarar si padecen o han padecido alguna enfermedad, sufrido alguna lesión, así como si se han sometido a alguna operación quirúrgica. Con esta información, la compañía valorará el riesgo que le conlleva cubrir a una persona determinada, y decidirá si acepta o rechaza la solicitud o si excluye algunas coberturas del seguro. En este último caso, lo habitual es que las pólizas se complementen con coberturas para patologías graves o invalidantes.
Es el tema que provoca más conflictos. Hay enfermedades que pueden no provocar sintomatología y que, por tanto, el tomador del seguro no conocía antes de firmar la póliza. También se da el caso de personas que han superado la enfermedad, pero para las aseguradoras son tomadores de riesgo. Estas son las enfermedades de la polémica.
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