Quiero ayudar a un hijo: ¿nos sale mejor que herede una casa o donársela en vida?

¿Debería dejarle la vivienda en herencia a mi hijo o es mejor donársela en vida? Casi todos los padres nos hemos planteado en algún momento esta pregunta para lo que no hay una respuesta definitiva, porque depende mucho de las circunstancias específicas de cada caso. Sin embargo, dejar en herencia sí tiene unas ventajas objetivas sobre donar que te vamos a explicar aquí.

La donación es un acuerdo voluntario en que el cedes gratuitamente la vivienda, generalmente a tu hijo, y por el que puedes reservarte el derecho al usufructo vitalicio que te permite disponer de ella hasta tu fallecimiento, aunque ya no constes como propietario. Dejarla en herencia, en cambio, implica que el heredero no podrá disfrutar de ella hasta tu muerte.

En general, heredar una vivienda supone menos costes que recibirla en donación, y por ello es la opción más utilizada. De hecho, en 2021 se transmitieron 198.939 inmuebles residenciales a través de herencias, mientras que las donaciones fueron 25.062, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

Los impuestos que gravan la transmisión de viviendas

Tres son los impuestos que gravan la transmisión de viviendas: el de Sucesiones y Donaciones (ISD), la Plusvalía Municipal y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Su cuantía dependerá del valor de la vivienda.

  • El Impuesto de Sucesiones y Donaciones se paga tanto en las herencias como en las donaciones y lo afronta quien recibe la propiedad. Su regulación le corresponde a las comunidades autónomas, por lo que el importe a pagar varía en función de las exenciones y bonificaciones que se aplican en cada región. Por ley, heredar una vivienda supone una reducción del 95 por ciento en la base imponible y hasta un importe máximo de 122.606,47 euros.
  • El impuesto de Plusvalía Municipal o Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana también debe pagarlo tanto el donatario como el heredero. Se basa en el aumento del valor que figura en el catastro desde que adquiriste el inmueble hasta el momento del traspaso al nuevo propietario.
  • La gran diferencia impositiva entre donación y herencia está en el IRPF, que solo se paga en las donaciones y te correspondería hacerlo a ti si la vivienda tiene un valor superior a cuando la adquiriste. El impuesto varía entre en 19 y el 23 por ciento del valor de la vivienda y estarías exento de pagarlo si tienes más de 65 años, se trata de tu vivienda habitual o la la has tenido en propiedad menos de un año. Se tributa en la comunidad donde esté ubicado el inmueble, independientemente de donde resida el receptor de la donación.

¿Qué es lo más económico?

Otro factor a considerar en las donaciones es que, tras tu fallecimiento, tu hijo tiene la obligación de “computar, imputar y colacionar lo donado”, es decir, aportar a la masa hereditaria el valor de lo recibido en la donación. Teniendo en cuenta todo esto, lo más económico suele ser dejar en herencia la vivienda. Habrá que hacer frente al Impuesto de Sucesiones y Donaciones y a la Plusvalía Municipal, pero te ahorras el IRPF, cosa que no ocurre con la donación.