Sentencia novedosa: condenado a pagar a su exmujer 88.000 euros por 26 años de trabajo en el hogar

  • La Audiencia de Pontevedra le reconoce a una mujer el derecho a ser indemnizada por las tareas del hogar que hizo durante el matrimonio

  • La sentencia concluye que el hecho de que “ella vuelva al mercado laboral 26 años después, con 58 años, le deja poco margen de aspiraciones profesionales"

  • No acepta la petición de la mujer, que ascendía a 186.329 euros, sino que la rebaja hasta los 88.025

Una novedosa sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a un hombre a abonar a su exmujer la cantidad de 88.025,31 euros en concepto de indemnización por el trabajo en el hogar durante los 26 años que estuvieron casados. El texto expone que el cese de la convivencia entre ambos le generó a ella "una situación de desequilibrio económico" después de un largo tiempo "dedicada fundamentalmente al cuidado del hogar y la crianza de la hija común". 

La Audiencia concluye que el hecho de que “ella vuelva al mercado laboral 26 años después, con 58 años, le deja poco margen de aspiraciones profesionales y el esposo cuenta con capacidad económica suficiente para hacerle frente”. El texto señala, citando jurisprudencia del Supremo, que se aprecia una "situación de desigualdad causada por la pérdida de oportunidades consecuencia de la dedicación a la familia". Y calcula que por su entrega a esas tareas domésticas y al cuidado de la hija que ambos tienen en común la mujer debería haber cobrado un salario de 282 euros al mes.

La sentencia revoca una resolución previa

Eso sí, el fallo, publicado el 20 de noviembre del 2023 y que ahora se ha hecho público, revoca una resolución previa de un juez de familia de Vigo que le concedió 120.000 euros en el 2022. La Audiencia recorta la cifra en un 26% porque tiene en cuenta que la mujer hacía tareas del hogar que también le beneficiaban a ella y que el hombre también aportó sus propios recursos al mantenimiento de la casa. Además, la sala avala que la mujer cobre una pensión compensatoria de 350 euros mensuales durante tres años.

Ambos recurrieron el primer fallo

Ambos recurrieron aquella primera sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 12 de la ciudad. Ella, porque entendía que la cifra era insuficiente; y él, por todo lo contrario. La cantidad que la mujer reclamaba de inicio eran 183.629 euros de indemnización, resultante de equiparar su salario teórico doméstico al mínimo interprofesional durante los 26 años de matrimonio, a excepción de unos meses que trabajó por cuenta ajena.

El hombre, por su parte, entendía que no había lugar a la pensión compensatoria, ya que la exesposa se había reincorporado al mundo laboral a finales del 2021. Pedía, además, rebajar a 60.000 la indemnización mientras él mantenía la propiedad de la vivienda común. Además, incidía en la ausencia de dedicación futura a la familia porque la hija es ya mayor de edad y no vive en el hogar materno.

Frente al fallo de la Audiencia Provincial de Pontevedra todavía cabe la posibilidad de presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo.