Tienes más de 50 años, llevas toda la vida trabajando en la misma empresa, pero no te sientes a gusto. Quieres dejar tu puesto de trabajo, pero económicamente no es posible. Y te planteas negociar una salida pactada, incluso amistosa. La realidad es que la baja voluntaria exime a la empresa el pago de ninguna indemnización ni facilitar ningún trámite para cobrar la prestación por desempleo. Pero hay excepciones:
Existen determinadas situaciones en las cuales el trabajador tiene la opción legal de extinguir la relación que le une con la empresa teniendo derecho tanto a indemnización como a prestación por desempleo. Son estas:
La idea de dejar tu trabajo de manera voluntaria y en buenas condiciones económicas te sigue rondando. Conoces incluso algún caso: trabajadores con una antigüedad considerable que no se encuentran a gusto en la compañía; no están bien considerados y desde la empresa se ve con buenos ojos una salida pactada que evite el pago de la indemnización al completo. En otros casos, la empresa no quiere llegar a un expediente de regulación de empleo (ERE) o un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) y la dirección contempla con alivio la salida de algunos asalariados previo acuerdo.
Con todos estos antecedentes, te planteas pasar a la acción. Si vas a hacerlo, debes conocer algunas pautas que debes tener en cuenta. Para ello, contamos con la ayuda del letrado Manuel León, del despacho León-Sotelo y Asociados.
Si vas a dejar de realizar tus funciones, puedes encontrarte con un despido procedente en el que no tendrás derecho ni a la posible indemnización ni al cobro de la prestación por desempleo. También existe la ética profesional, una cuestión muy personal que debes valorar. Sin embargo, hay algo que juega a tu favor. “Es difícil acreditar un despido procedente. La empresa está obligada a acreditar el mal desempeño del trabajador y eso es complicado. De hecho, el 78% de los fallos son contra la empresa”, explica Manuel León
En muchas ocasiones, la propia empresa quiere hacer una reducción de personal de manera discreta. En estos casos son los directivos los que suelen avanzarlo de manera sutil. Otras veces, la comunicación viene del propio comité de empresa. Si es así, parece que tienes margen de maniobra para conseguir una compensación, pero hay que ser cauto. “A veces me han contratado trabajadores para evaluar lo que negociaba el comité de empresa y la propia empresa. No hay que fiarse totalmente de lo que cuenten los comités”, advierte este abogado.
Aunque no tengas un puesto directivo, tu conocimiento de la empresa puede serte de gran utilidad. Si sabes que la compañía tiene que sí o sí deshacerse de personal, puedes proponer a los responsables a misma una salida beneficiosa para todos: tú te llevas una cantidad (menor a la posible indemnización) y el derecho al paro. La empresa se ahorra parte de la indemnización y seguir pagándote el sueldo. “Hay límites para el despido colectivo. Según el Estatuto de los trabajadores, a partir de porcentaje concreto hay que hacer expedientes de Regulación de empleo. Muchas empresas prefieren camuflar esto para no tener que hacerlo. El ERE no les interesa por perjuicio de marca, por la negociación que implica con sindicatos y porque tienen que reconocer unas cantidades que estarían obligados a pagar”.
A veces un acuerdo despido puede ser una bendición. La primera abona una cierta compensación, normalmente menor que la establecida para el despido improcedente, con la renuncia a una reclamación posterior por parte del asalariado. Por su parte, el trabajador obtiene una cantidad y posibilidad de cobrar la prestación desempleo. Sin embargo, hay que conocer todas las implicaciones: “para la empresa parece conveniente y el trabajador puede cobrar el paro. Pero en realidad, es un fraude de ley para obtener de manera engañosa la obtención de la prestación por desempleo”.
Tienes que ser muy consciente del rol que juegas en tu empresa y de tus auténticas opciones. Hay que tener muy presente tu situación financiera, tus posibilidades laborales de futuro y tus responsabilidades personales o familiares. Forzar cualquier acuerdo puede dar al traste con la negociación y acarrearte complicaciones económicas y administrativas. pero también salir perdiendo si no tienes una posición real de fuerza respecto a la compañía.
Esto encierra algunos peligros. Si en la negociación surge la prestación por desempleo como elemento importante, tienes que saber que intentar engañar a la Seguridad Social con un despido improcedente es una infracción administrativa grave. Para la empresa tiene consecuencias y el empleado, si la Inspección de Trabajo lo descubre, puede verse obligado a devolver las cantidades de la prestación, además de imposibilitar su acceso a otras prestaciones o ayudas durante dos años. “Y el SEPE, además, puede multar al trabajador y hacer responsable solidaria a la empresa”.
Cada negociación es un mundo y a veces no obtiene el resultado deseado. A veces el simple hecho de mostrar tu disposición a abandonar la empresa enrarece las relaciones. Cualquier abogado laboralista aconseja hacer acopio de paciencia, valorar lo que significa tener un trabajo y esperar la oportunidad para abandonar tu puesto en las mejores condiciones. “Por otra parte, cobrar la prestación no es solidario con el resto de los contribuyentes. La prestación la pagamos entre todos y complica su situación para el que de verdad lo necesita”, concluye Manuel León.