Los trucos de las inmobiliarias para burlar la nueva Ley de Vivienda y seguir cobrando comisiones al inquilino
La nueva norma establece que las inmobiliarias no pueden cobrar por sus servicios al inquilino
Muchas agencias mantienen el cobro de honorarios al arrendatario camuflado como otros servicios
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La Ley de Vivienda no lleva ni dos semanas en vigor y ya se están detectando vulneraciones de una de las principales novedades de la norma, la que establece que las inmobiliarias no pueden cobrar por sus servicios a los usuarios que terminen alquilando un piso a través de ellas.
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La norma introdujo una modificación en el artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) para especificar que "los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador". La medida supone el ahorro de una mensualidad más IVA que el inquilino tenía que pagar al firmar el contrato, junto con la fianza y el mes de alquiler corriente.
Denuncias de FACUA a 33 agencias
Esta novedad no ha sido muy bien recibida por el sector inmobiliario, y pocos días después de la entrada en vigor de la ley -el pasado 26 de mayo- ya han comenzado a detectarse casos de inmobiliarias que están recurriendo a diferentes trucos y argucias para seguir cobrando a los inquilinos los gastos de gestión inmobiliaria o sus honorarios camuflándolos bajo otros conceptos.
Por ahora, son hasta 33 agencias las que FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado por esta irregularidad, todas ellas radicadas en las ciudades de Madrid, Barcelona, Sevilla, Valencia o Palma de Mallorca. Algunas de las denunciadas poseen propiedades en alquiler en diferentes municipios por toda España. Y FACUA sigue rastreando el inmobiliario para investigar más incumplimientos de la nueva normativa, por lo que anunciará nuevas denuncias en breve.
¿En qué consisten las trampas?
¿En qué consisten estos trucos y argucias que están empleando las inmobiliarias? Además de aquellas que directamente anuncian o comunican que el pago de los gastos de gestión debe hacerlas el futuro arrendatario, están las que inventan nuevos conceptos para mantener el mismo importe que antes cobraban como honorarios.
Por ejemplo, decir que la cuota se corresponde a la realización de un "estudio de viabilidad y solvencia económica" del inquilino –que impone sin que este lo ha pedido y que realmente no necesita–; el uso de anglicismos para referirse a estos honorarios, como fee, que literalmente significa cuota; o decir que se cobran por servicios "prestados al arrendatario" que no detallan y cuyo pago imponen. Los importes varían entre una cuota fija o el 10% de una anualidad del alquiler.
Según 'Público', también hay ofertas de alquiler en las que el propietario contrata un seguro de impago con el que sigue cobrando la renta aunque el inquilino no abone la mensualidad. Sin embargo, este importe se traslada al inquilino, que no tiene posibilidad ni de elegir la aseguradora. Dichas ofertas añaden 30 euros al mes al precio del alquiler que se ofertaba.
Qué pueden hacer los afectados
FACUA conseja a aquellos usuarios que se vean obligados a pagar los gastos de gestión inmobiliaria para no perder la oportunidad de alquilar el piso que pidan factura independiente por el concepto abonado, o que haga el abono por transferencia indicando el concepto. Si la agencia se niega, los afectados que pueden acudir a la asociación para que realice acciones en defensa de sus derechos y reclame la devolución en su nombre.
Además pueden interponer una denuncia ante las autoridades de consumo autonómicas solicitando una multa contra la empresa por la vulneración de la normativa. De seguir negándose la inmobiliaria, los consumidores también pueden recurrir a la vía judicial. Al tratarse de una reclamación que, por regla general, no superaría los 2.000 euros, pueden hacerlo sin necesidad de procurador y abogado.