¿Qué propietarios pueden librarse de ser presidente de la comunidad de vecinos?

En cada comunidad de vecinos se forman dos grupos, aquellos que están dispuestos a destinar parte de su tiempo libre a ejercer como presidente y los que se intentan escaquear de la tarea pase lo que pase. En Uppers hemos revisado qué propietarios pueden librarse de ser presidente de la comunidad de vecinos y cuáles son las excusas o los argumentos que funcionan.

Las artimañas para no desempeñar la presidencia a veces son tan constantes que en ciertas comunidades establecen en sus estatutos que la función será rotatoria o por sorteo entre los integrantes porque es obligatoria. De este modo, en algún momento le acaba tocando a todos y no recae siempre en los mismos que acaban asumiendo el cargo porque les puede más la responsabilidad. En realidad, si todo funciona como debe no se generan problemas, más teniendo en cuenta que la duración del puesto solo es de doce meses.

La figura del presidente es indispensable; se convierte en un representante legal ante terceros cuando surge la necesidad de contratar la realización de una obra, como la reparación de un canalón o una barandilla, de reformas o de algún servicio, ya sea la revisión de los sistemas antincendios o la limpieza de las zonas comunes. El presidente asimismo debe asumir la desagradable tarea de exigir el pago de deudas a los propietarios con cuotas impagadas o de actuar en nombre de la comunidad en el ámbito judicial. En definitiva, son responsabilidades y obligaciones que asume por el bien de los vecinos tras la aprobación común de los pasos a dar, porque nunca puede actuar en función de decisiones que haya tomado por su cuenta.

Según la Ley de Propiedad Horizontal la duración de los cargos y de los órganos de gobierno de la finca se establece en doce meses y todos los integrantes tienen la obligación de acatar estos cometidos cuando les toque. Sin embargo, en ciertas situaciones los vecinos pueden librarse de ser presidentes de su comunidad.

La excusa de no ser propietario

Uno de los argumentos que un vecino puede exponer para no ejercer como presidente es que no es el propietario de la vivienda. Es cierto que muchas personas que viven en alquiler o tienen un local alquilado en esa comunidad parece que son propietarios porque se preocupan por todo lo que acontece, incluso más que el resto. No obstante, tal como establece la normativa el primer requisito es que el que ejerza como presidente tiene que ser propietario y además demostrarlo con escritura en mano.

Una enfermedad o el trabajo como pretexto

Las enfermedades graves o crónicas de emergencia igualmente sirven como justificación para librarse de la presidencia porque es evidente que en tales casos la salud impide ejercer parte de las responsabilidades. Un argumento más para los propietarios que no desean ejercer ese puesto es el trabajo. Ambas tareas pueden ser incompatibles ya sea por horarios o por viajes laborales. La edad también sirve de pretexto para librarse de la presidencia. La Ley de Propiedad Horizontal no concreta un límite de edad pero exime de esta responsabilidad a los propietarios en edades muy avanzadas y que ya “no están en pleno uso de sus facultades mentales”.

El argumento de no vivir en la finca

Por último, hay propietarios de la finca que no viven en ella y que utilizan esta circunstancia para librarse de ser presidente. En estos casos, no es este propietario quien tiene la última palabra, sino que se decide en una junta. La clave está en su lugar de residencia, ya que no es lo mismo que viva en otro bloque de la misma calle, que en una comunidad autónoma diferente o en el extranjero. Muchas de las funciones que asume un presidente son de carácter urgente y por ello en estos casos tal vez sería mejor dar por bueno el pretexto de la distancia geográfica. En caso contrario, ante cada suceso, habría que estar esperando a que llegue, incluso en avión, lo que probablemente comprometa los intereses del conjunto de propietarios de la comunidad.