Si vas a viajar los próximos días lo más probable es que tengas en mente la huelga que los tripulantes de cabina de Ryanair tienen programa para los días 24, 25, 26 y 30 de junio y 1 y 2 de julio. En estas seis jornadas de huelga lo más probable es que muchos viajeros se queden en tierra debido a la cancelación de los vuelos por la huelga, que busca retomar las negociaciones del primer convenio colectivo para estos trabajadores. Aunque no han anunciado cancelaciones, lo más probable es que se produzcan. ¿A qué derechos puedes acogerte? Te lo contamos.
Desde Facua establecen que, según expone el Reglamento Europeo 261/2004, hay una serie de compensaciones para los usuarios en caso de que su vuelo se vea cancelado. La normativa europea recoge que los pasajeros pueden recibir una compensación de 250 euros con vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros, y para el resto de vuelo 600 euros de compensación.
La organización de consumidores también señala que las aerolíneas no pueden acogerse a lo de circunstancias extraordinarias para no pagar esas cantidades a sus pasajeros. No pueden negarse debido a una sentencia de 2018 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Pero ojo, porque en caso de que la aerolínea informe de la cancelación con al menos dos semanas de antelación de la hora de salida no tendrá que hacer efectiva esa compensación. Tampoco si se les informa de la cancelación con una antelación de entre dos semanas y siete días y se les ofrezca un transporte alternativo que les permita viajar con no más de dos horas de antelación respecto a la hora de salida prevista y llegar al destino con menos de cuatro horas de retraso frente a la prevista.
En caso de que se les informe con menos de siete días de antelación de la cancelación y se permita coger otro vuelo que una hora de salida menor a una hora frente a la prevista y una llegada al destino con menos de dos horas de retraso tampoco estarán obligados a pagar la compensación.
Pero cuidado, porque si la compañía ofrece un transporte alternativo, según el Reglamento, con una diferencia de hora de llegada "que no sea superior a dos horas, para todos los vuelos de 1.500 kilómetros o menos, que no sea superior a tres horas, para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros" o "que no sea superior a cuatro horas" para el resto de los vuelos, podrá reducir a un 50% la compensación.
Además, otra sentencia del TJUE dictaminó que la compensación también puede recibirse cuando el vuelo no es cancelado, pero sufre un retraso superior a tres horas de su llegada al destino final.
Desde Facua también recuerdan que los afectados por la cancelación tienen derecho al reembolso íntegro del billete en siete días o a un transporte alternativo hasta el destino final. La organización explica que se puede reclamar otros daños a consecuencia de la cancelación, como el hotel o vuelos de conexión.
Si la cancelación ocurriese próxima al horario de salida del vuelo, la asociación recuerda que la normativa europea obliga a las aerolíneas a ofrecer a los pasajeros afectados "comida y refrescos suficientes", alojamiento en un hotel si fuera necesario y traslado desde el aeropuerto hasta dicho hotel.