El pasado 16 de marzo el Congreso de los Diputados aprobó definitivamente la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, conocida popularmente como Ley de Bienestar Animal, una nueva normativa que busca combatir el maltrato y abandono animal y que sirve de complemento a la norma aprobada a comienzos de 2022 que determinó que los animales dejaban de considerarse legalmente como “bienes inmuebles o cosas” y que reconocía su naturaleza como “seres sintientes”.
Tras semanas de polémicas, el pleno del Congreso ha dado su visto bueno a una decena de las cerca de veinte medidas incorporadas al texto en el Senado, entre las que se incluyen importantes novedades que afectan de manera directa a los dueños y a aquellos que estén pensando en tener una mascota.
Esta nueva normativa, que endurece las penas por maltrato y regula la comercialización de animales de compañía, establece la obligatoriedad de tener un seguro sobre la mascota y limita el tiempo que los animales de compañía pueden pasar solos en casa a un máximo de tres días, salvo en el caso de los perros que no sean de pastoreo, en cuyo caso el límite está fijado en tan solo 24 horas.
Además, la ley también regulará la tenencia de ciertos animales a través de un “listado positivo” en el que se incluirán todas las especies que sí se pueden tener legalmente como mascota, aunque de momento no se ha definido el contenido de la lista que, eso sí, no tendrá efecto retroactivo.
Otro de los puntos que incluye la nueva normativa es la prohibición de utilizar algunos collares en perros. Esta medida resulta de vital importancia para los dueños de estos animales, ya que el collar es un elemento fundamental para poder cumplir con las normativas municipales, que establecen la obligatoriedad de utilizar la correa en los canes cuando se vaya a pasear con ellos en lugares públicos y en determinados momentos del día.
En concreto, la normativa actúa contra un tipo específico de collares: aquellos que puedan causar daños o lesiones en el animal. Así lo establece en su artículo 27, en el que se recoge que se prohíbe “el uso de cualquier herramienta de manejo que pueda causar lesiones al animal, en particular collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo”.
Aunque la Ley de Bienestar Animal es la primera norma estatal que regula el uso de estos collares, algunos de estos modelos ya están prohibidos en algunas zonas del país. Es el caso de los collares eléctricos, que no pueden utilizarse en Comunidades Autónomas como Galicia o Madrid. Además, países como Alemania, Suiza, Dinamarca o Noruega también prohíben su uso.
La Ley de Bienestar Animal, pese a su reciente aprobación, no entrará en vigor de manera inmediata, sino que comenzará a aplicarse a partir de septiembre, seis meses después de su publicación en el BOE.