Cinco motivos por los que te pueden anular una multa de radar por exceso de velocidad

Respetar los límites de velocidad: esta es una de las normas básicas para mantener la seguridad en las carreteras. Aun así, la mayoría de sanciones de tráfico que se ponen en nuestro país se deben a un exceso de velocidad

Así lo demuestran los datos oficiales de la DGT (Dirección General de Tráfico), que reflejan que casi dos de cada tres multas que se ponen en España están relacionadas con estos excesos. De acuerdo a la organización, en 2021 se pusieron un total de 4,79 millones de sanciones en nuestro país. De estas, 3,05 millones corresponden a sanciones por exceso de velocidad, es decir, un 64%. 

Las multas por exceso de velocidad tienen un importe que oscila entre los 100 y los 600 euros, dependiendo de su gravedad, y pueden conllevar también la pérdida de entre dos y seis puntos del carnet de conducir. Además, el artículo 347 del Código Penal establece que los excesos de velocidad de más de 60 km/h en las vías urbanas y de más de 80 km/h en las vías interurbanas están considerados como delito. 

En estos casos, se establece una sanción de una pena de cárcel de tres a seis meses o, en su defecto, una multa de seis a doce meses o  la prestación de trabajos en beneficio de la comunidad por un periodo de 31 a 90 días. Asimismo, en estos supuestos el conductor también quedará privado de su derecho a conducir cualquier tipo de vehículo a motor durante un periodo de hasta cuatro años

¿En qué casos se puede anular una multa por exceso de velocidad?

A pesar de que las infracciones por exceso de velocidad acumulen la mayor parte de las sanciones impuestas por la DGT, existen algunos casos en los que se puede conseguir la anulación de una de estas multas. Eso sí: antes de buscar la anulación, se debe tener muy en cuenta que alegar en contra de la sanción hará que se pierda de manera automática la bonificación de hasta el 50% que se ofrece a los conductores por el pronto pago de sus multas, por lo que debemos estar muy seguros de que tenemos motivos para que se desestime la sanción. 

El primero de los casos por el que se puede llegar a anular una multa de tráfico es una mala fotografía del momento de la infracción. Para que la sanción sea válida, los radares que captan estos delitos deberán tomar al menos dos fotogramas del vehículo infractor en “dos momentos distintos”, tal y como recoge la Orden ITC/3123/2010, del 26 de noviembre, que establece, además, que uno de los fotogramas deberá mostrará una visión panorámica del vehículo y el otro, su placa de identificación.

Otra razón que también puede librarnos de una multa es el margen de error de los radares". Estos dispositivos, pese a ser muy precisos, disponen de un margen de error del 3%, en el caso de los aparatos más modernos, y del 7%, en el caso de los más antiguos. Para imponer una multa, se sigue teniendo en cuenta el margen del 7%, lo que implica que los conductores pueden conducir a una velocidad de 77 km/h por una vía con un límite de velocidad de 70 km/h sin incurrir en ninguna infracción. Si la multa no respeta este límite, se podrá recurrir. 

Los errores formales a la hora de redactar la denuncia también pueden librarnos de una sanción. Así, si en el documento no aparecen ciertos datos, como puede ser la matrícula o el vehículo, el delito no aparece bien explicado o no coincide con las imágenes captadas, el conductor sancionado podrá recurrir la sanción por un defecto formal. 

Además, si el radar se encuentra en mal estado o no tiene toda su documentación en regla, los conductores también podrán recurrir sus multas por exceso de tráfico. De igual manera, y pese a que no suele ser habitual, si el radar contradice las indicaciones de una señal de tráfico, el conductor también podrá pedir la anulación de la multa.