El pasado mes de diciembre el Ayuntamiento de Madrid alertó a la población sobre “la falsedad documental y presunta estafa” de unas fotocopias que simulaban ser multas de tráfico y que se colocaban en los parabrisas de los vehículos estacionados en la capital.
Estas falsificaciones se detectaron en el distrito de Carabanchel. Según reveló el consistorio madrileño, las falsificaciones, que simulaban las multas de tráfico que repartía el propio Ayuntamiento, se caracterizaban por mostrar un logotipo de este organismo en el encabezamiento, una presunta clave de infracción, el hecho denunciado, el precepto infringido, la cuantía de la sanción, el importe con la reducción por pronto pago, un código QR y una referencia. La parte trasera, por su parte, estaba en blanco, mientras que el código QR remitía a la página web de pago de sanciones del Ayuntamiento, aunque el receptor no podía realizar ninguna operación.
Precisamente, en el código QR estaba una prueba inequívoca de que las multas eran una falsificación. Tal y como explicó el consistorio madrileño, ningún boletín de denuncia de la Policía Municipal, los Agentes de Movilidad o los controladores del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) incorpora códigos QR. Las notificaciones de sanciones impuestas por los agentes de movilidad, según declararon, se envían o por correo certificado o por correo postal. Por eso, advirtieron a la población de que no debían, bajo ningún concepto, escanear el código QR.
Aunque la inclusión del código QR ya dejaba claro que la sanción era falsa, desde el Ayuntamiento también explicaron que en las multas auténticas se incluyen otros apartados más detallados que los que se mostraban en estos documentos.
En concreto, la Ley de Tráfico en su artículo 87 establece que en las denuncias por hechos de circulación deberá constar la siguiente información:
Dependiendo del organismo que imponga la multa, estos datos pueden variar ligeramente. No obstante, lo habitual es que todas las sanciones de movilidad tengan la siguiente información:
Las multas de tráfico no se comunican por email a los conductores, sino que se envían o por correo certificado o por correo postal. Además, estas sanciones también se publican en el Tablón Edictal de Sanciones (TESTRA), cuya consulta es pública.