¿Aparcado pero con el motor en marcha? Los detalles de la nueva multa de 100 euros
La nueva sanción consiste en la prohibición de mantener el motor del coche encendido estando parados o aparcados
A la espera de la aprobación del Congreso de los Diputados, la DGT espera que la norma entre en vigor a partir de septiembre
En todo caso, existen varias excepciones en las que no será necesario apagar el motor pese a estar parados
Ponerse a los mandos de un volante requiere tener todos los sentidos alerta no solo para nuestra seguridad, también para no cometer ninguna imprudencia que le pueda salir cara a nuestro bolsillo. Aún así, a veces con las prisas nos saltamos alguna que otra norma sin pretenderlo que termina siendo pillada y se traduce en una multa económica que hasta puede traernos la pérdida de algún que otro punto en el carnet de conducir. Ahora una nueva multa está a punto de llegar en el mes de septiembre, una práctica recurrente entre los conductores que tendrán que dejar de hacer si no quieren que su cartera sufra un pequeño susto.
En caso de que el Congreso de los Diputados dé el visto bueno a la reforma de la Ley de Tráfico, la Dirección General de Tráfico (DGT) tiene previsto que las nuevas medidas entren en vigor a partir del próximo mes de septiembre. Algunos de esos cambios ya han sido expuestos y se les ha trasladado a los conductores, como el endurecimiento de las multas por el uso del teléfono móvil en el coche, hasta si no se tiene en la mano. Ahora, a las puertas de su entrada en vigor, hay un cambio que afecta a gran parte de los conductores.
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Si paras el coche, apaga el motor
Por ponernos en situación, un ejemplo. Tras una jornada de trabajo y tras hacer unos recados, pasas a buscar a tu hijo al lugar donde tiene clases particulares pero llegas unos minutos antes y aún no ha salido, por lo que aparcas para esperar su inminente salida pero no crees que tengas que apagar el motor que estarás ahí parado. Pues con la nueva ley eso conlleva una multa. ¿Por qué si estás bien aparcado? Nada tiene que ver, el problema se encuentra en que no has apagado el motor.
Esta nueva norma indica que el conductor debe apagar el motor una vez estaciona, aunque vaya a permanecer en el interior del vehículo, de lo contrario, puede acarrear una multa de 100 euros, dirigiéndose principalmente a aquellos conductores que paran en doble fila a la espera de alguien o están aparcados durante más de un minuto con el motor encendido.
Las excepciones
En todo caso, hay excepciones, claro está. Por ejemplo, si te toca detenerte en un semáforo en rojo no debes apagar el coche por mucho tiempo que la señal se mantenga en ese color, lo mismo ocurre si de repente te topas con un atasco, donde tampoco es obligatorio, o si te encuentras en una señal de Stop. Otras situaciones o vehículos que se encuentran exentos de esta medida son los que se encuadren en la categoría de 0 emisiones en la clasificación ambiental, así como vehículos sanitarios o los destinados al transporte público.