Nos gusta contar con un historial impecable en todos los aspectos y uno de ellos es nuestro expediente de tráfico. Nos influye en el derecho a conducir cualquier vehículo. Desde Uppers creemos que es importante conocer cuánto duran los antecedentes de tráfico siempre que hayamos cometido alguna infracción reciente o en el pasado.
Antes de entrar de lleno en la necesidad de conocer estos antecedentes de tráfico para actualizarlos si fuera el caso, queremos puntualizar que el objetivo es cumplir las normas de circulación a rajatabla por nuestra propia seguridad y la de los demás.
Cada infracción de tráfico que cometemos genera un antecedente, sin embargo, este tiene una caducidad. La Dirección General de Tráfico (DGT) lo elimina automáticamente una vez ha prescrito. Estos datos son los que podemos comprobar.
Lo importante es que todos aquellos antecedentes de los conductores que ya han prescrito se borran del historial, de modo que los expedientes vuelven a mostrarse limpios. Para que cualquier infracción de tráfico prescriba tienen que pasar tres años desde que se cometió. El dato es muy significativo para aquellos que han visto disminuir su saldo de puntos, de los 15 iniciales, y cómo se acerca al límite. Si nuestro expediente presenta sanciones no podremos volver a recuperar dichos puntos.
Verificar el estado del historial de antecedentes en vigor de cada conductor es muy sencillo porque se puede acceder a través de la web de la DGT Una puntualización: es imprescindible poder identificarnos con lo cual debes disponer del DNI electrónico o del certificado digital.
En el caso de que en ese historial aparezcan sanciones que han prescrito, pero no han sido eliminadas por la DGT, hay que solicitar su cancelación al mismo organismo. De este modo será posible limpiar el expediente y volver a optar al total de puntos del carnet.
Todo lo expuesto viene reflejado en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial donde se desarrolla la prescripción, caducidad y cancelación de antecedentes en materia de tráfico.
Es interesante conocer que a los tres meses prescriben las infracciones leves y a los seis meses las graves y muy graves. La Ley también impone que los procedimientos sancionadores caducan al año de haberse iniciado. En cuanto al plazo de prescripción de las sanciones que implican una multa es de cuatro años.
Sin embargo, el periodo de la prescripción de la suspensión de la autorización para conducir está establecido en un año. Por último, detalla que las anotaciones en el Registro de Conductores e Infractores “se cancelarán de oficio una vez transcurridos tres años desde su total cumplimiento o prescripción”.