Vacaciones en pandemia: ¿cómo puedo vacunarme fuera de mi residencia habitual?
Con la llegada del verano, son muchos los españoles que pretenden desplazarse de su residencia habitual para descansar de unos días de vacaciones.
Es muy probable que a la población de entre 30 a 50 años le citen durante el periodo vacacional.
Será imprescindible contar con una tarjera de desplazo para poder vacunarte.
Si vas a estar fuera durante varias semanas y te toca vacunarte necesitas conseguir la tarjeta de desplazado. Este documento te permitirá recibir asistencia sanitaria en cualquier lugar de España, y eso también incluye vacunarse contra la covid-19.
El Documento de Asistencia a Desplazados (DAD) es el documento administrativo para desplazados temporalmente, procedentes de otras comunidades autónomas, que emite la Consejería de Sanidad e identifica de manera individualizada a los ciudadanos como usuarios del Sistema Sanitario Público y acredita el derecho a las prestaciones.
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¿Quién puede utilizarlo?
- Ciudadanos con residencia habitual en otra comunidad autónoma y que residan temporalmente en el ámbito territorial.
- Tener reconocido el derecho a la asistencia sanitaria pública del Sistema Nacional de Salud, a través de una tarjeta sanitaria emitida por su Comunidad Autónoma.
¿Qué es necesario presentar?
Deberán dirigirse al Centro de Salud que le corresponda en su lugar de residencia, con la siguiente documentación:
- DNI o NIE en vigor del solicitante (si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud telemática, no será necesaria la aportación del DNI, pero sí la del NIE). Los menores de 14 años, sin DNI o NIE podrán aportar el Libro de Familia (originales o fotocopias compulsadas).
- Tarjeta Sanitaria en vigor, emitida por la Comunidad Autónoma de origen (si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud telemática, no será necesaria su aportación). En caso de que en la tarjeta no constara el Número de Afiliación a la Seguridad Social, deberán presentar el Documento de Afiliación a la Seguridad Social (si el ciudadano autoriza su consulta en el formulario de solicitud telemática, no será necesaria su aportación), y el Documento de Inclusión de Beneficiario, si el interesado fuera un beneficiario (original o fotocopia compulsada) a cargo de un titular.
Solicitar la tarjeta de desplazado por Internet
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad. Hay que tener preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación. Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de 'consulta de expedientes', desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
Solicitar la tarjeta de desplazado de forma presencial
Directamente en el Centro de Salud que corresponda al interesado en razón a su domicilio actual, donde deberá aportar la documentación específica indicada. En el mismo momento de la presentación de la solicitud, que cumplimentará directamente el personal administrativo, se entregará al interesado en mano el Documento DAD, que le permitirá el acceso a la asistencia sanitaria. En dicho documento constará el médico de familia y profesional de enfermería de atención primaria asignados.
El impreso y la documentación requerida se presentarán por el propio solicitante en el centro de salud correspondiente a su domicilio, aportando el original de su DNI o NIE y su Tarjeta Sanitaria en vigor, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de menores de 14 años sin DNI, se podrá aportar el Libro de Familia o el Certificado de Nacimiento.
Cambiar la cita para la vacunación
Algunas comunidades autónomas, como Andalucía, Madrid, Canarias, Baleares, Murcia o Aragón han puesto en marcha un sistema de autocitas con el que es posible cambiar la cita para la vacuna que se te asigne o pedir una si no has sido contactado. Otras comunidades ofrecen varias citas por ciudadano y es este el que debe elegir entre las expuestas.
De este modo, es recomendable que aquellos que tengan previsto viajar y prioricen el desplazamiento a la cita, la cambien a través de la vía correspondiente. Así no se perderá el turno y otra persona podrá aprovechar la vacuna hasta que se regrese a la comunidad de la residencia habitual.