El próximo 11 de abril comienza la Campaña de la Renta correspondiente al ejercicio de 2022, un trámite burocrático por el que deberán pasar todos los trabajadores que durante el año pasado percibieron más de 22.000 euros, o 14.000 en el caso de que contasen con más de un pagador y uno de ellos les haya pagado más de 1.500 euros, para regular su situación fiscal con la Agencia Tributaria.
Los trabajadores dispondrán hasta el día 30 de junio para presentar su Declaración de la Renta, un documento en el que deberán incluir todas las rentas que hayan percibido en el año fiscal y que sirve para calcular la liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), un impuesto directo y de carácter progresivo que grava los ingresos obtenidos en un año independientemente de su procedencia.
Para elaborar este documento, los trabajadores deberán incluir sus rendimientos de trabajo, el capital mobiliario e inmobiliario, los rendimientos derivados del ejercicio de actividades económicas, las ganancias y pérdidas patrimoniales y las de renta establecidas por la ley.
La Declaración de la Renta puede tener dos resultados: positivo o negativo. En caso de ser positivo, el contribuyente estará obligado a pagar a la Agencia Tributaria. En caso de ser negativo, será Hacienda quien pague al contribuyente.
Este resultado depende no solo de los ingresos obtenidos a lo largo del ejercicio fiscal, sino también de las retenciones que se hayan aplicado en las nóminas mensuales del trabajador, un porcentaje que las empresas desgravan del salario de sus empleados con el objetivo de adelantar el pago que deberían hacerle a la Agencia Tributaria durante la Campaña de la Renta.
A la hora de calcular las retenciones que se aplican en la nómina de un trabajador se tienen en cuenta factores personales como el salario, la situación familiar del trabajador, las discapacidades que pudiera padecer o el tipo de contrato firmado y su duración, entre otros. No obstante, para evitar que la Declaración salga a pagar o devolver también deben considerarse los tramos del IRPF, ya que si el porcentaje aplicado no coincide con las retenciones marcadas por ley, el trabajador se verá obligado a pagar o reclamar a Hacienda.
En este 2022, los tramos del IRPF son los siguientes:
Para evitar que la Declaración de la Renta salga a pagar, los trabajadores deberán cerciorarse de que se aplica el porcentaje correspondiente a sus ingresos. En este sentido, conviene recordar que el IRPF es un impuesto de tipo progresivo, por lo que los porcentajes se aplicarán por tramos. En el caso de una persona que cobre 23.000 euros, por ejemplo, se le deberá retener un 19% en los 12.450 primeros euros de su sueldo, un 24% en los 7.750 euros siguientes (la diferencia entre el primero y el segundo tramo) y un 30% en los 2.800 euros restantes.
Los trabajadores pueden consultar las retenciones que se les aplica en su nómina mensual. En caso de que crean que el porcentaje es inferior al que les corresponde, pueden solicitar a su empresa un aumento de las retenciones para impedir que la Declaración salga a pagar.