Renta 2022: ¿cómo modificar una declaración ya presentada?

Una vez hemos presentado la declaración de la Renta del ejercicio 2022 puede que después nos demos cuenta de que nos hemos precipitado y la hemos dado por válida cuando faltan datos relevantes o está incorrecta. En Uppers vamos a explicar cómo modificar una declaración de la Renta ya presentada siguiendo las directrices de la Agencia Tributaria.

En primer lugar, interesa saber las dos condiciones básicas. Una es que Hacienda otorga unos plazos al contribuyente para que pueda ejercer su derecho a rectificar. Tal como indica no pueden haber transcurrido cuatro años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación o desde el día siguiente si se presentó fuera de dicho plazo.

Otra condición es que la Agencia Tributaria no puede haber practicado una liquidación definitiva o liquidación provisional por el mismo motivo que pretende modificar el contribuyente. Volviendo a la posibilidad de modificación, en una declaración entregada puede que existan rentas exentas, el total de los importes declarados sean superiores a como correspondería o no incluya ciertas reducciones o deducciones a las que se tenían derecho, entre otras variables.  

El camino para resolver el trámite se puede llevar a cabo telemáticamente. Consiste en solicitar una rectificación de la autoliquidación y para ello es necesario acceder al expediente personal de la Renta que corresponda. Lo primero, tras entrar de nuevo en dicho expediente, es marcar la casilla 127 que corresponde a la solicitud de rectificación. Si hubiera que hacer una declaración complementaria se marcaría la casilla 107.

Como contribuyente es necesario resolverlo independientemente de que la cantidad a devolver sea superior a la solicitada o el importe a ingresar sea menor. En ocasiones, también faltan datos importantes que no afectan al resultado final de la declaración, pero deben constar para que Hacienda tenga conocimiento de ellos.

Cómo regularizar la situación

La Agencia Tributaria informa de que es imprescindible regularizar la situación y hacer una declaración complementaria a la que originalmente se presentó cuando los errores u omisiones hayan provocado:

  • La realización de un ingreso inferior al que legalmente hubiera correspondido.
  • La realización de una devolución superior a la que hubiera procedido.

Los pasos para modificar una declaración ya presentada son los que se describen a continuación:

  1. Entrar en Renta WEB y acceder a "Servicio tramitación de borrador / declaración". Igualmente se puede seleccionar la opción "Modificación de una declaración ya presentada". Estos accesos aparecen tanto en la página de gestiones del IRPF como en el modelo 100 en la sede electrónica.
  2. Identificarse con certificado electrónico, DNIe, sistema Cl@ve PIN o número de referencia.
  3. Concretar si se actúa en nombre propio o como representante si está realizando el trámite en nombre de otra persona.
  4. Acceder al expediente donde se puede comprobar en qué estado está la tramitación. Puede aparecer un mensaje que indica que efectivamente se está tramitando.
  5. Entrar en la opción “Servicios disponibles” y a continuación en la sección que interesa que es "Modificar declaración".
  6. El sistema muestra una ventana para continuar “con la última sesión de trabajo guardada”. Cuando se hayan presentado las dos declaraciones de ambos conyugues de manera individual e incluso ya se haya añadido una declaración complementaria aparecerá una ventana con las declaraciones presentadas para seleccionar aquella concreta que se desea modificar.
  7. A continuación, se permiten dos posibilidades, que son “Modificar declaración presentada(casilla 127), porque se necesita hacer una rectificación de la autoliquidación, o “Generar una nueva declaración”, que será una complementaria (casilla 107).

Volviendo a los pasos para modificar la declaración, lo siguiente es marcar la casilla 127. Aparece una nueva ventana con la opción “Si desea iniciar un procedimiento de rectificación...”. En este caso se pueden visualizar los datos de la autoliquidación del ejercicio 2022 con el resultado a ingresar o a devolver junto al “Número de justificante de la autoliquidación” y el número de cuenta (IBAN) en el que se desea que se realice la devolución en su caso.

En cambio, cuando se necesita presentar una declaración complementaria se debe marcar la casilla 107 o bien qué ha motivado el trámite. En este caso, el sistema permite trabajar sobre la declaración presentada anteriormente y navegar por los distintos apartados utilizando las flechas disponibles y pulsando en "Mostrar opciones" o en "Apartados declaración". Antes de finalizar se recomienda verificar los cambios en "Resumen de declaraciones" al igual que comprobar el resultado definitivo de la declaración.

Los últimos pasos para presentar la declaración modificada son clicar la opción de “Validar” y después finalizar el procedimiento en “Presentar declaración”. El sistema permite acceder de nuevo al expediente para visualizar la declaración presentada y la rectificación posterior.