El simulador de la Seguridad Social que te calcula lo que tienes que pagar al contratar a una empleado del hogar

Las condiciones de las empleadas de hogar cambiaron en 2023. Desde el 1 de enero de ese año, las personas que hayan contratado a un empleado o empleada del hogar han tenido que tramitar su alta en la Seguridad Social. Como explica la normativa, los empleadores son los únicos responsables de ingresar las cuotas de la Seguridad Social de esos trabajadores. Quienes contratan los servicios de estos empleados deben gestionar las altas y bajas ante la Seguridad Social, informar de su contrato y pagar una retribución que nunca podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), cifrado en 15.876 euros anuales; es decir, 1.134 euros en 14 pagas.

Las cuotas que hay que abonar dependen del tipo de contrato, las horas y el salario del trabajador. Para facilitar la tarea, la administración ha creado un simulador para calcularlas.

¿Cómo es el simulador?

La página web de la Seguridad Social ha puesto a disposición de los ciudadanos un simulador que permite calcular la cuota que hay que pagar, distinguiendo las partidas correspondientes a empleado y empleador. Para calcular estas cuotas, hay que introducir los siguientes datos:

  • Tipo de contrato: temporal, indefinido o fijo discontinuo
  • Tipo de jornada: por horas o completa (40 horas semanales).
  • Salario: importe total, con o sin pagas extra.
  • Familia numerosa: si el empleado está al cuidado de una familia numerosa, hay que especificarlo.

Con esos datos, el simulador mostrará una aproximación de la cuota en la que aparecerá la cuantía total, las cantidades correspondientes a empleador y empleado y otros conceptos de cotización, como son contingencias comunes, desempleo y Fondo de Garantía Social). La cantidad de la cuota se determina siguiendo un sistema de tramos.

Bonificaciones

Los empleadores pueden beneficiarse, además, de distintas bonificaciones:

  • Descuento del 20% en la cuota por contingencias comunes por alta en empleo de hogar.
  • Descuento del 80% en la cuota por desempleo.
  • Descuento del 80% en la cotización al Fogasa.
  • Reducción del 75% en la cuota por contingencias comunes durante la situación de IT (incapacidad temporal) de las personas trabajadoras que tengan 62 años.
  • Deducción del 45% de su cuota por contingencias comunes por la contratación de cuidadores en familias numerosas. Con esta deducción no se aplica la bonificación del 20%.