Estos son los pensionistas que no van a cobrar la paga extra de Navidad

Uno de los momentos más esperados del año por los pensionistas llega en noviembre, cuando cobran el doble al recibir la paga extra de Navidad además de la mensualidad habitual. Pero aunque la mayoría cobran 14 pagas y tienen dos ingresos extraordinarios a lo largo del año (el otro tiene lugar en junio, coincidiendo con el comienzo del verano), también hay algunas excepciones. Te las contamos.

Concretamente, se quedan sin paga extra de Navidad aquellos que perciben pensiones de incapacidad permanente que derivan de enfermedad profesional o accidente de trabajo, las cuales se devengan en 12 pagas al año.

Pagas extra prorrateadas

Sin embargo, esto no implica que los que reciben estas pensiones cobren menos dinero, sino que el importe que recibirían en las pagas extraordinarias se encuentra distribuido en las mensualidades ordinarias. Por este motivo estas pensiones tienen una paga mensual un poco mayor que las demás.

En cualquier caso, si la incapacidad permanente total deriva de una enfermedad común o un accidente no laboral, esta pensión se cobraría en 14 pagas. La incapacidad permanente total supone la inhabilitación del trabajador para realizar su trabajo habitual, aunque nada impide que pueda dedicarse a otro tipo de trabajo mientras esté cobrando la pensión. Esto hace que se pueda compaginar esta pensión con otros salarios, siempre y cuando la actividad de donde provenga el salario sea compatible con la dolencia o incapacidad del trabajador.

El resto de prestaciones contributivas, ya sean por jubilación, por fallecimiento (viudedad, orfandad o en favor de familiares) o por incapacidad permanente total, en el caso de enfermedad común y accidente no laboral, se abonan en 14 pagas y se devengan por mensualidades vencidas. En el caso de las prestaciones no contributivas por jubilación o invalidez, el importe también se distribuye en 12 mensualidades más dos pagas extraordinarias al año. 

¿Cuánto se cobra en la paga extra?

El importe de la paga extra de invierno y de verano es el mismo al de las pagas ordinarias que se perciben a lo largo del año, al igual que ocurre con las pagas extra de un contrato de trabajo. Es decir, que si su pensión es de 1.000 euros, en noviembre y en junio recibirá 1.000 euros extra. Sin embargo, si por su tipo de pensión recibe la paga extra prorrateada, recibiría 1.167 euros al mes, 1.000 de pensión y 167 euros, que es el resultado de dividir los 2.000 euros de pagas extra que le corresponden entre los 12 meses del año. La extra de Navidad se abonará entre el 24 y 25 de noviembre.