Aunque muchos crean que cuando llega el momento de la jubilación ya no hay que volver a preocuparse por cumplir trámites burocráticos, eso no es así. De hecho, hay un documento que, en rigor, los pensionistas deberían presentar en la Seguridad Social todos los años y que en caso de no hacerlo podría significar dejar de ingresar su pensión.
Se trata de la fe de vida, un certificado que acredita que una persona está viva, así como su estado civil, es decir, si está soltera, casada, divorciada o viuda. Según establece el Ministerio de Trabajo y Economía Social, para evitar la suspensión del cobro de las pensiones es necesario remitirla anualmente, durante los tres primeros meses del año.
El texto normativo precisa que “las entidades financieras pagadoras comunicarán a la correspondiente entidad gestora, al menos una vez al año, la pervivencia de los titulares de aquellas pensiones y demás prestaciones periódicas que vengan satisfaciendo mediante abono en cuenta”. Por lo tanto, es un documento que pueden solicitar los propios bancos, que determinarán dependiendo de la edad con qué frecuencia debe presentarse. Sin embargo, hay bancos que no la solicitan. Así, es posible recibir una llamada del banco para asegurarse de que el beneficiario de una pensión sigue vivo.
Sin embargo, los pensionistas que residan en el extranjero sí que tienen un plazo cerrado para entregar la fe de vida: Esta acreditación anual, exigida entre el 2 de enero y el 31 de marzo, se hace a través del certificado de fe de vida de la oficina consular o a través del certificado de comparecimiento ante la Consejería de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social”.
Para solicitarlo se debe aportar el DNI y el Libro de Familia, si fuese necesario. Como apunta el Ministerio de Justicia, si la persona que debe realizar la fe de vida se encuentra impedida podrá acudir otra persona en su representación aportando su DNI y la copia del DNI del interesado, así como un certificado médico que acredite que la persona titular de la pensión no se puede desplazar. Es un documento gratuito.
Además de la fe de vida, para cobrar la pensión de jubilación es necesario presentar el modelo de solicitud rellenado, que es el mismo para todos los trabajadores que accedan al cobro de esta pensión excepto para aquellos empleados incluidos en el Régimen Especial del Mar. A este documento, se le suma la certificación de empresa que incluya los datos del trabajador sustituto.