¿Cómo se eligen los años cotizados con el nuevo modelo de pensiones?

  • El Consejo de Ministros ha aprobado la última parte de la reforma de pensiones, con la que se pretende reforzar los ingresos del sistema y mejorar su equidad y sostenibilidad

  • Esta nueva parte de la reforma, que aún debe pasar por las Cortes, contempla un régimen dual del periodo de cómputo para calcular la base reguladora de la pensión de jubilación, por el que se podrá elegir entre el método vigente o una alternativa en la que se suprimen los años de peor cotización

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A mediados del pasado mes de marzo el Consejo de Ministros aprobó la última parte de la reforma de pensiones, con la que se pretende reforzar los ingresos del sistema y mejorar su equidad y sostenibilidad.

Esta reforma, con la que también se busca reducir la brecha de género y mejorar la situación de las personas que tienen carreras irregulares, así como las pensiones no contributivas y las mínimas, se estructura sobre tres pilares: la creación de una cuota de solidaridad, la subida de los tipos de cotización ligada al MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional) y la modificación en el cómputo de la pensión para calcular la cuantía final de la prestación.

En concreto, la reforma del Ministerio de Inclusión Seguridad Social y Migraciones, dirigido por el ministro José Luis Escrivá, contempla dos fórmulas para calcular la base reguladora de la pensión de jubilación y, consecuentemente, su importe final. Pero ¿cómo afecta esto a los pensionistas? ¿Y cuántos años se contarán a partir de la reforma?

El nuevo método para elegir los años que cotizan en la pensión

Desde 2022, para calcular la base reguladora de las pensiones de jubilación se tenían en cuenta los últimos 25 años de cotización. Es decir: los últimos 300 meses. Sin embargo, la nueva parte de la reforma de Escrivá contempla un régimen dual del periodo de cómputo, por el que se podrá elegir entre el método vigente o una alternativa en la que se suprimen los años de peor cotización.

En concreto, esta nueva medida ofrece a los trabajadores la opción de emplear un periodo de cómputo de 29 años, de los que se descartarían los dos con peor cotización. Es decir: en lugar de utilizar los últimos 25 años, utilizarán 27, lo que implica un total de 324 años.

Este nuevo régimen dual tendrá una vigencia de 20 años. Durante este periodo de coexistencia, será la Seguridad Social la que decidirá de oficio cuál de las dos alternativas emplea, apostando siempre por la que resulte más beneficiosa para el trabajador. Es decir: se elegirá siempre la que dé como resultado la pensión con mayor cuantía. A partir de 2044, año en el que este régimen dual desaparecerá, la cuantía de las pensiones de jubilación se calculará con los últimos 29 años de cotización, de los que podrán eliminarse dos años.

Esta medida tiene el objetivo de hacer el sistema de pensiones más equitativo. Según apuntan desde Moncloa, este régimen dual “favorecerá a las personas especialmente vulnerables, que tienen mayores lagunas en su carrera profesional, y a las que ahora son jóvenes porque conseguirán una pensión mayor”. Para que entre en vigor, no obstante, la nueva parte de la reforma de pensiones aún debe superar la tramitación parlamentaria de las Cortes.