Ana San Juan lleva unos años viviendo "la vie en rose". Tras muchos años en puestos directivos en L´Óreal, le llegó el momento de jubilarse y con la pensión máxima. Además, la empresa le pagó durante años un plan de jubilación que complementa sus ingresos, vamos, que no tiene problemas de dinero. Sin embargo, la reforma de pensiones ha incorporado medidas que afectan a las prestaciones más altas y a aquellos que cotizan por la base máxima.
Como Ana, cerca de medio millón de jubilados cobran en España una pensión máxima, y hay otro medio millón que están próximos a jubilarse tras haber cotizado por la base máxima muchos años. ¿Cómo les afecta la reforma? ¿Cuánto suben sus pensiones? ¿Cómo les afecta la cuota de solidaridad? ¿Cuánto más van a pagar en los próximos años? Despejamos dudas.
Hasta 2023, cuando ha entrado en vigor la reforma, los salarios más altos tenían un tope de cotización, por encima de la base máxima, que está en los 4.495 euros, no se cotizaba más. También había un tope para las pensiones máximas que cada año establecen los Presupuestos Generales del Estado y que para 2023 quedó fijado en los 3.059 euros al mes en 14 pagas, esto es, 42.823 euros al año.
Los salarios por encima de esos importes, no pagaban más. Un trabajador podía ganar 8.000 euros al mes, por ejemplo, pero cotizaba por el máximo, que eran esos 4.495 euros, y tenía derecho a cobrar la pensión máxima, siempre que tuviera 36 años y 6 meses cotizados y que en los últimos 25 años lo hiciera por la base máxima.
La reforma de pensiones ha incorporado medidas que buscan incrementar los ingresos al sistema, y los trabajadores con sueldos más altos son los más afectados. La primera medida es el aumento de las bases máximas de cotización. Ésta subirá entre 2025 y 2050 lo mismo que el IPC, más 1,2% adicional. Pongamos que el IPC medio de 2024 se queda en el 4%. Pues bien, en este supuesto, la base máxima de cotización subirá en 2025 un 5,2%, y pasaría de los 4.495 euros de hoy a los 4.730 euros. A partir de 2050, crecería únicamente en el IPC.
Los salarios que hoy están exentos de cotización suman cerca de 34.000 millones de euros y si cotizasen en su totalidad supondrían un incremento de recaudación de unos 9.000 millones de euros anuales. El efecto agregado de la medida será de una mejora de ingresos totales de 69.000 millones de euros, el equivalente al 5,2% PIB, y en términos netos (descontado el incrementado del gasto que se derivará de las nuevas pensiones máximas) 56.000 millones de euros que equivale al 4,22% PIB.
La subida de las cotizaciones la pagarán en gran parte los empresarios. En el supuesto presentado, la subida en 2025 sería de 235 euros mensuales, de los que casi 200 lo pagaría el empresario y unos 40 euros, el trabajador.
Algunas voces, la CEOE y los autónomos, han criticado este incremento de costes laborales, que pueden perjudicar el mantenimiento del talento senior en las empresas, pues gran parte de los salarios más altos son de mayores de 50.
Aunque las cotizaciones van a subir el IPC medio más el 1,2%, las pensiones máximas no van a subir en la misma medida. Entre 2025 y 2050, subiría en el IPC más 0,115 puntos porcentuales. Es decir, hasta 2050 las pensiones máximas subirán prácticamente lo mismo que el IPC. En los próximos 25 años, las cotizaciones de las bases máximas van a subir hasta un 30%, mientras que la pensión máxima subirá menos del 3%.
A partir de 2051 y hasta el 2065, la pensión máxima se incrementaría más, hasta llegar al 20% en 2065. Esto se hace así para amortiguar la llegada de los boomers a la jubilación, y que sus pensiones máximas vayan subiendo poco a poco hasta 2065, cuando la presión sobre el sistema será menor.
Además, los salarios más altos tendrán una cuota de cotización adicional, la llamada cuota de solidaridad. Comenzará a operar en 2025 sobre quienes tengan salarios superiores a 53.000 euros anuales, aunque conforme vaya subiendo la base máxima de cotización, terminará operando sólo para personas con salarios que hoy se sitúan por encima de los 75.000 euros anuales.
El tipo de cotización será del entorno del 1% en el año 2025 incrementándose 0,25 puntos porcentuales cada año hasta el 2045, cuando quedará ya fijado en el entorno del 7%, estableciéndose un tipo de cotización progresivo por tramos de salario. Un 5,5% sobre la parte de retribución comprendida entre la base máxima de cotización y la cantidad superior a la referida base máxima en un 10%. Un 6% sobre la parte de salario comprendida entre el 10% adicional de la base máxima de cotización y el 50%. Un 7% sobre la parte de salario que supere el 50% adicional de la base máxima.
En este caso también serán las empresas quienes asumirán el incremento de cotizaciones en los mismos términos en los que se reparten actualmente los tipos de contingencias comunes (proporción 5 a 1).
Tanto personas trabajadoras como empresas podrán deducirse una parte de esta aportación mediante la correspondiente deducción en el IRPF (el 45% en estos niveles de renta) o en Impuesto de Sociedades, respectivamente. Según los cálculos del Gobierno, cuando esta medida esté plenamente implantada posibilitará una mejora de ingresos equivalente a 1.450 millones de euros anuales, que en términos acumulados supondrá una recaudación de 26.000 millones de euros, lo que equivale a 2,14% del PIB.
Esta cuota se aplicará a los trabajadores con salarios más elevados que coticen en el Régimen General de la Seguridad Social. También a los trabajadores por cuenta ajena del Régimen de los Trabajadores del Mar y a los trabajadores por cuenta propia incluidos en este Régimen Especial de Trabajadores del Mar. En cambio, esta cotización de solidaridad no se aplicará a los trabajadores del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).