La jubilación es un momento que la mayoría de trabajadores esperan, aunque no todos la afrontan de la misma manera. Aunque lo habitual es que los trabajadores apuesten por la jubilación a tiempo completo, ya sea en su versión ordinaria o anticipada, para poder disfrutar de unos años alejados de la rutina del trabajo, hay otros que apuestan por compatibilizar este periodo de merecido descanso con la ejecución de algún tipo de actividad laboral.
Para estos casos, la Seguridad Social pone a disposición de los contribuyentes varios tipos de fórmulas. Una de ellas es la de la jubilación flexible, una modalidad que permite que los trabajadores cobren su pensión de jubilación al tiempo que realizan un trabajo a tiempo parcial.
Esta alternativa se diferencia de la jubilación parcial, que tal vez sea la modalidad más conocida, en que en estos casos el trabajador ya es pensionista cuando decide compatibilizar el cobro de su pensión con la actividad laboral, mientras que en la jubilación parcial el trabajador decide pasar a un contrato a media jornada antes de acceder a su pensión. En el caso de la jubilación parcial, por tanto, los pensionistas acceden a esta modalidad antes de cumplir los 60 años, mientras que en la jubilación flexible el acceso se produce después.
Para poder acceder a la jubilación flexible, es necesario que los solicitantes cumplan con una serie de requisitos. Desde el Instituto Santalucía, los recopilan:
Si se cumplen estos requisitos, los jubilados interesados en acceder a esta modalidad deberán comunicar a la Seguridad Social su intención de desempeñar un trabajo a tiempo parcial. De no hacerlo, y si el organismo detecta un extra de ingresos, el jubilado deberá devolver el dinero cobrado.
El importe de la pensión de jubilación se reducirá de manera proporcional a la jornada laboral en la que el trabajador desempeñe su actividad laboral. Una vez se haya extinguido el contrato laboral y el contribuyente quiera volver a la jubilación ordinaria, el importe se recalculará teniendo en cuenta el periodo cotizado mientras trabajaba.
La pensión de jubilación flexible puede compatibilizarse con las prestaciones de incapacidad temporal o de maternidad, derivadas de la actividad efectuada a tiempo parcial. Sin embargo, no podrá combinarse con las pensiones de incapacidad permanente que pudieran corresponder por la actividad desarrollada una vez ya se ha obtenido la pensión de jubilación.