¿Por qué te pueden reducir la pensión no contributiva?

Las pensiones no contributivas en España se calculan dependiendo de las rentas personales de los beneficiarios y de las personas que formen la unidad familiar. El Estado contempla la protección económica de aquellos ciudadanos que se encuentran en una situación excepcional, otorgándoles lo que la Seguridad Social denomina pensión no contributiva. Esta prestación no es fija en cantidad ni permanente, sino que puede variar o disminuir en función de las condiciones del que la percibe. En Uppers hemos consultado con este organismo por qué te pueden reducir la pensión no contributiva.

Tal como apunta en su web la Seguridad Social, las pensiones no contributivas “se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos”. Además, estas prestaciones económicas se conceden independientemente de que nunca se haya cotizado o de que no se alcance el tiempo mínimo requerido que da derecho a una pensión contributiva. Las pensiones de invalidez, discapacidad y de jubilación son de esta categoría.

El Salario Mínimo Interprofesional en España está fijado en 1.080 euros mensuales, sin embargo, las prestaciones no contributivas no alcanzan ni la mitad de esta cifra, ya que la cantidad mínima que se puede percibir al mes empieza en los 121,15 euros y como máximo asciende hasta los 484,61 euros. Según reflejan los datos del Imserso, en enero pasado más de 444.000 pensionistas cobraban una prestación no contributiva.

Requisitos para percibir una prestación no contributiva

La primera condición para percibir una pensión no contributiva de jubilación es tener 65 o más años y ser un ciudadano español o nacional de otro país, que resida legalmente en España. A partir de aquí, entre otros requisitos, se debe carecer de ingresos suficientes, que en 2022 se fijaron en una cantidad inferior a 5.899,60 euros anuales. Sin entrar en los detalles, cuando la unidad familiar que depende del solicitante se compone de dos convivientes, ese importe debe ser menor de 25.073,30 euros anuales, de tres convivientes de 35.397,60 euros al año o de cuatro convivientes de 45.721,90 euros al año.

Por su parte, la pensión no contributiva de invalidez implica tener entre 18 años o más y menos de 65 años y la de discapacidad que el grado sea igual o superior al 65%. La Seguridad Social asigna estas prestaciones y las determina teniendo en consideración el nivel económico de cada solicitante. De este modo, esa cantidad que varía desde los 121 euros hasta los casi 485 euros siempre depende de las condiciones y circunstancias del ciudadano. Igualmente, no queda fija en el tiempo y va a oscilar si cambia su situación.

Condiciones que modifican la pensión no contributiva

Uno de los aspectos que examina este organismo es el número de beneficiarios que viven en el mismo domicilio y las rentas que perciben todos los convivientes. Es decir, por un lado, se comprueba el nivel de renta del que solicita la pensión no contributiva y por otro el de todos los que integran la unidad familiar. Además, para prorrogar esta prestación, en el primer trimestre del año es obligatorio presentar una declaración con los ingresos de esos integrantes de la unidad familiar. Incluso, cuando no se realiza este trámite se puede perder la ayuda.

Por otra parte, también es obligatorio informar a la Seguridad Social de cualquier variación en lo que respecta a la convivencia de esa unidad familiar. Con ello, se debe comunicar si ha habido un cambio en cuanto al estado civil, si ya no viven en ese domicilio las mismas personas, los incrementos o las reducciones de los recursos económicos del solicitante o de los familiares que conviven con él, al igual que todos aquellos datos que interfieren en las condiciones que determinan el derecho a esta prestación. Las comunidades autónomas o las direcciones territoriales del Imserso le envían un formulario de declaración y este debe devolverlo cumplimentado entre los meses de enero y marzo, informando de los cambios sucedidos. En función de las nuevas circunstancias, la prestación aumenta o disminuye su cuantía.

A su vez, los órganos competentes realizan sus propias revisiones o controles cuando perciben cambios en la situación o variaciones de los requisitos. Por tanto, aunque el perceptor no haya comunicado un cambio, al entrar en el sistema por otros cauces, igualmente se modifican las cuantías, se suspenden o incluso se dan por extinguidas. Puede darse el caso a favor del ciudadano que perciba el abono de atrasos o que le sean reclamadas las cantidades que ha cobrado sin corresponderle.

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