La edad de jubilación en España hoy es de 66 años y seis meses si no se han cotizado 38 años, y de 65 si se tiene una carrera profesional más larga. Pero el Gobierno ya está dispuesto a tener en cuenta las limitaciones propias que acarrea la edad en ciertos trabajos duros y costosos, de modo que permita a determinadas profesiones jubilarse antes de la edad legal sin recortes en su pensión.
Ese es el compromiso al que ha llegado el Ministerio de Seguridad Social con los sindicatos en la mesa de negociación del paquete de medidas que quedó pendiente en la última reforma de las pensiones. Y así figura en el borrador de real decreto que ha enviado a los agentes sociales, pero con un matiz. Lo hace de una forma tan vaga e inconcreta, sin establecerlo de forma específica y definitiva, que los sindicatos temen que quede en agua de borrajas si no hay voluntad política.
Así, el Ejecutivo se compromete a crear un grupo de trabajo en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la norma que estudiará y valorará "las ocupaciones, categorías o actividades profesionales en sectores concretos donde los requerimientos físicos o psíquicos del desempeño del trabajo a partir de una edad ocasionen una limitación objetiva para su desarrollo, aunque no se acrediten elevados índices de morbilidad o mortalidad".
Para UGT y CCOO esto no es suficiente. Lo que pretenden es que se también se incluya "claramente" la edad en los indicadores del sistema que fije los coeficientes para determinar el retiro anticipado en aquellas actividades profesionales que sean de naturaleza especialmente penosa, tóxica, peligrosa e insalubre.
Según recoge el último real decreto, esos indicadores se basarán en la incidencia, persistencia y duración de los procesos de baja laboral, así como las incapacidades permanente o fallecimientos que puedan causar. Pero esto dejaría fuera a ciertos oficios, como las trabajadoras de dependencia y las camareras de piso, que sufren para desarrollar sus funciones a partir de ciertas edades y no pueden demostrarlo con accidentes laborales, bajas o enfermedades profesionales.
Tampoco convence a los interlocutores sociales el tratamiento que se hace de la dimensión de género. Sindicatos y patronal denuncian que hasta ahora los parámetros reductores que se utilizaban, tales como la peligrosidad o la toxicidad, favorecen a los hombres en detrimento de las mujeres. Por ejemplo, los pilotos pueden jubilarse antes de tiempo pero no las azafatas de vuelo.
Hasta ahora eran ocho los grupos profesionales que podían jubilarse anticipadamente: Estatuto de los Mineros, personal de vuelo de trabajadores aéreos, trabajadores ferroviarios, taurinos, artistas, bomberos, y cuerpos de la Eirtzaintza y la Policía Local. A petición de los agentes sociales, el Gobierno define ahora lo que considera que es un trabajo penoso, peligroso, insalubre o tóxico y que, por tanto, puede beneficiarse de una reducción de los años de trabajo para jubilarse antes de la edad legal.
Así, entiende por penosidad la "realización de actividades en condiciones extremas que implican un esfuerzo constante o de gran dificultad caracterizado, entre otras circunstancias, por la exposición al calor o al frío extremo, ruido, vibraciones, atención permanente requerida, uso permanente de fuerza física, nocturnidad, turnicidad, uso permanente de equipos de protección personal portados". De este modo, los trabajadores sometidos a temperaturas de calor o frío extremo, ruidos, los que necesitan el uso de la fuerza o se realizan por la noche tendrán más fácil retirarse antes.
También sigue pendiente la reforma de la jubilación parcial. Los sindicatos y la patronal esperan una propuesta concreta que, a día de hoy, aún no se ha enviado. En este sentido, descartan alcanzar un acuerdo sobre los coeficientes reductores y la colaboración de las mutuas para las bajas de origen traumatológico, si no se permite compatibilizar trabajo con pensión y se impulsa una salida gradual y paulatina del mercado de trabajo.