El año nuevo trae cambios en pensiones. La buena noticia es la subida conforme al IPC, que garantiza el poder adquisitivo de 9,3 millones de hogares. La mala es que se retrasa la edad de jubilación y sube el tiempo de cotización requerido para cobrar el 100% de la pensión. También hay cambios en las jubilaciones anticipadas, en las cotizaciones máximas, en el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, MEI, y cambios en la jubilación parcial, a la que podrán apuntarse también los funcionarios, pero que entrará en vigor a mediados de 2025.
La revalorización de las pensiones del 2,8% para el próximo año supondrá cerca de 600 euros más al año para los pensionistas con una prestación media de jubilación, mientras que las pensiones medias del sistema aumentarán en torno a 500 euros anuales. Este incremento beneficiará a los cerca de 9,3 millones de personas que reciben 10,3 millones de pensiones contributivas, además de las 720.148 pensiones correspondientes al Régimen de Clases Pasivas del Estado, que también se revalorizarán con el mismo índice.
Las pensiones de jubilación subirán de media 40,5 euros para quedarse en los 1.487 euros brutos al mes, 567 euros más al año. Dentro de estas, las del Régimen General subirán de media 45 euros al mes, 630 euros más al año para situarse en los 1.650 brutos euros al mes. Las pensiones de las viudas, 2,3 millones, ascenderán de media a 923 euros al mes, y las pensiones medias de los autónomos se situarán en los 992 euros (27 euros más al mes y 378 más al año). Mientras que la pensión de Clases Pasivas, las de los funcionarios, suben hasta los 2.313 euros al mes (63 euros más por paga, y 882 al año). La pensión mínima de jubilación aumenta de los 517 euros al mes a los 532 euros mensuales (15 euros más al mes, 203 euros más al año).
Habrá que trabajar un poco más para llegar a la jubilación. En 2025 la edad ordinaria de jubilación sube hasta los 66 años y 8 meses, dos meses más que en 2024. Para jubilarse a los 65 serán necesarios 38 años y 3 meses cotizados, tres meses más que en 2024.
Este aumento de la edad de jubilación también afecta a jubilación anticipada, tanto voluntaria como forzosa. La edad mínima de jubilación anticipada voluntaria en 2025 será de 64 años y 8 meses (dos meses más que en 2024), siempre y cuando se haya cotizado menos de 38 años y tres meses. En cambio, esta edad se mantiene en los 63 años para quienes han cotizado más.
En el caso de la jubilación anticipada forzosa se puede adelantar hasta los 61 años, o lo que es lo mismo cuatro años (48 meses) si has cotizado más de 38 años y tres meses (65 años); mientras que, si se ha cotizado menos de ese tiempo, el adelanto en el retiro anticipado parcial forzoso se podrá hacer a los 62 años y ocho meses.
En función de los meses de anticipo de la jubilación se aplican coeficientes reductores tanto en la jubilación anticipada voluntaria como en la jubilación anticipada involuntaria, que pueden llegar al 30% de la pensión en el peor de los casos.
Una cosa son los años cotizados que se piden para jubilarte a la edad ordinaria, y otra los años exigidos para poder cobrar el 100% de la pensión. Por ejemplo, si llegas a los 66 años y ocho meses en 2025 pero no has cotizado lo exigido, no cobrarás el 100% de tu base reguladora. Durante 2025 y 2026, los trabajadores que vayan a jubilarse y quieran cobrar el 100% de la pensión deberán tener 36 años y medio cotizados. En el caso de jubilarse a partir de 2027 ya será necesario acreditar 37 años cotizados.
Las pensiones máximas suben un 2,915%, que es la suma del 2,8% del IPC más 0,115 puntos porcentuales adicionales que se aplican desde el año 2025. Así, la pensión máxima del sistema de Seguridad Social quedará situada en 3.267,55 euros mensuales (45.745,7 euros anuales) frente a los 3.175 euros mensuales de 2024.
La base máxima de cotización a la Seguridad Social subirá más que la pensión máxima. Desde 2024 y hasta el año 2050, y por tanto también en 2025, la base de cotización máxima se actualiza anualmente con el IPC más un 1,2% adicional. La base máxima de cotización se revalorizará en 2025 un 4%, producto de la suma del 2,8% del IPC más el 1,2% adicional que se viene aplicando desde 2024, y quedará situada en 2025 en 4.909,32 euros mensuales (58.911,84 euros anuales) frente a los 4.720,5 euros mensuales de 2024 (56.646 euros anuales).
Como la base máxima sube más que de la pensión máxima, los trabajadores con salarios por encima de la base máxima cotizarán más, sin que esa cotización genere derecho a una pensión mayor, al menos hasta 2050. La base máxima de cotización se revalorizará hasta 2050 un 31,2%, frente a un 2,875% que lo hará la pensión máxima entre 2025 y 2050.
En 2025 volverá a aumentar el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que empezó a aplicarse en 2023 y que pasará del 0,7% de la base reguladora cobrado en 2024 al 0,8% el próximo año (el empresario paga el 0,66% y el trabajador, 0,14% que se verá detraído de su salario). Este incremento de la cotización por contingencias comunes irá aumentando una décima cada año hasta sumar 1,2% en 2029.
Además, a partir del 1 de enero de 2025, la Seguridad Social empezará también a cobrar la nueva cuota de solidaridad que se aplicará en las nóminas que superen la base máxima de cotización. Esa nueva cuota de solidaridad comenzaría a aplicarse en 2025 con los siguientes tipos:
El anterior porcentaje se irá aumentando 0,25 puntos por año, hasta alcanzar en 2045:
El 83% de esta cotización será a cargo de la empresa y un 17% será a cargo del trabajador.
La última reforma de pensiones acordada por Gobierno y agentes sociales a finales del pasado mes de julio, y que aún debe desarrollarse legalmente para su entrada en vigor, introdujo algunos cambios que irán viendo la luz, seguramente a lo largo de 2025.
El cambio en la jubilación demorada hará posible recibir un incentivo adicional por cada seis meses de demora a partir del segundo año y no cada 12 meses.
Otro de los aspectos de esta última reforma es acordar un nuevo procedimiento para acceder a la jubilación anticipada en ocupaciones especialmente penosas o peligrosas. Esta nueva regulación se basa, fundamentalmente, en determinar las circunstancias objetivas que permitan establecer coeficientes reductores para rebajar la edad de jubilación, como puedan ser la incidencia, persistencia y duración de los procesos de baja médica; así como las declaraciones de incapacidades permanentes y los fallecimientos.
Asimismo, el acuerdo incluye cambios en la regulación de la jubilación parcial, ampliándose de dos a tres los años posibles de anticipo, con límites en la reducción de la jornada. También se mejoran las condiciones del trabajador relevista, ya que su contratación tendrá que ser indefinida y a tiempo completo en un puesto no amortizable.
También está pendiente de legislar el último acuerdo entre Gobierno y sindicatos para que los empleados públicos, tanto funcionarios como personal estatuario, puedan acogerse a la jubilación parcial que les permitirá compatibilizar el trabajo a tiempo parcial con el cobro de parte de la pensión, antes de la edad legal de jubilación. El acuerdo prevé que esta se produzca en las mismas condiciones acordadas para los trabajadores por cuenta ajena del sector privado.
El último consejo de ministros del año aprobó una subida de las pensiones mínimas y no contribuyivas. Las pensiones mínimas contributivas, más de 2,1 millones de beneficiarios, suben en 2025 un 6% y los que reciben pensiones no contributivas (cerca de medio millón de personas) y el Ingreso Mínimo Vital se benefician de una subida del 9% en la cuantía de sus prestaciones. Las pensiones mínimas contributivas con cónyuge a cargo y de viudedad con cargas familiares, aumentarán un 9,1%. Las pensiones SOVI (Seguro obligatorio de vejez e invalidez) se revalorizarán también en un 6% para 2025, lo que supone alcanzar los 560 euros mensuales en el caso de las no concurrentes, y los 543,60 euros mensuales para las concurrentes.
De esta forma, la pensión mínima de jubilación para los hogares unipersonales se fija en 12.241 euros anuales, o lo que es lo mismo, 874 euros al mes en 14 pagas; y de 15.786 euros en los casos con cónyuge a cargo, lo que equivale a 1.127 euros mensuales en 14 pagas. El complemento para la reducción de la brecha de género también subirá más que la media de las pensiones, ya que se revalorizará un 8,1% sobre la cuantía reconocida en 2024 y alcanza el importe de 35,9 euros al mes por hijo.